¿La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se podría pronunciar contra la Cámara de Senadores? Estos son los puntos que se podrían analizar por supuesta sesión ilegal del 28 y 29 de abril.
Luego de que la noche del 28 y la madrugada del 29 de abril la Cámara de Senadores sesionó en una sede alterna, sin los legisladores de la oposición y pese a no revisar algunos temas, se aprobaron 20 reformas.
No obstante, ahora la SCJN podría analizar y echar abajo las iniciativas aprobadas por presuntamente ser ilegales; a continuación te explicamos cómo.
Cabe recordar que la bancada de Morena se apegó a las instrucciones supuestamente dictadas desde Palacio Nacional por el presidente AMLO.
SCJN podría analizar reformas ilegales aprobadas por la Cámara de Senadores
Conforme a lo expuesto por el politólogo, Ernesto Guerra, existen 17 caracteres de obediencia obligatoria que la Cámara de Senadores debe seguir al momento de sesionar.
En caso de no cumplirse, la SCJN debe analizar la situación y podría echar abajo las reformas aprobadas en sesión ilegal.
Según se expuso, los puntos que pueden acusar como ilegal la sesión legislativa son:
- No se debe llegar a un desconocimiento de la participación de las minorías en la deliberación de la iniciativa.
- Votar en Pleno iniciativas sin pasar a comisiones, sin justificar debidamente la dispensa del trámite.
- Realizar cambios fundamentales a lo aprobado por el Pleno mediante una Fe de erratas.
- No hacer la convocatoria para la sesión de Pleno y llevarla a cabo.
- No entregar copia de los dictámenes a los diputados con la antelación requerida para realizar la sesión del Pleno.
- Remitir al Pleno un dictamen que carezca de la totalidad de las firmas de los integrantes de la Comisión.
- Modificar un orden del día para introducir la discusión y votación de un dictamen que no fue circulado previamente.
- Que en las votaciones, los resultados sean numéricamente incongruentes.
- Presentar un dictamen al Pleno sin el debido trámite previo, ya sea que primero se entregue a la mesa directiva, o incluso obviar presentarlo a la Dirección General de Servicios Parlamentarios.
- Las votaciones que por su importancia deben ser nominales y se hacen de forma económica, por ejemplo la votación para omitir la lectura de un dictamen.
- Que los legisladores tomen atribuciones que no les corresponden dentro de la Mesa Directiva.
- Aceptar como válida una votación con menor rigor, como una votación que debió aprobarse con mayoría calificada y se hizo con mayoría absoluta.
- Publicar una reforma electoral trascendente dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral, o durante el proceso electoral y con ello contradecir lo estipulado por el artículo 105 constitucional.
- Aprobar una reforma constitucional estatal con menos de la cantidad de ayuntamientos que su Carta local establece.
- Aprobar una reforma a una Constitución estatal donde el Congreso local tomó como válidas actas de cabildo que se presentaron sin la firma del secretario del Ayuntamiento.
- No expresar fehacientemente la voluntad del Ayuntamiento en las actas de cabildo donde deba aprobarse una reforma constitucional estatal.
- Basar una dispensa de trámites legislativos en la premura por cumplir el término constitucional federal de no realizar reformas electorales trascendentes 90 días antes del inicio del proceso electoral.
¿Qué puntos violó la Cámara de Senadores al aprobar las 20 reformas el pasado 29 de abril?
En ese sentido, se indica que algunos de los puntos que violó la Cámara de Senadores, y los cuales deben ser analizados con la SCJN son:
- Votar en Pleno iniciativas sin pasar a comisiones, sin justificar debidamente la dispensa del trámite.
- No entregar copia de los dictámenes a los diputados con la antelación requerida para realizar la sesión del Pleno.
- Modificar un orden del día para introducir la discusión y votación de un dictamen que no fue circulado previamente.
Entre estas violanciones, destaca la realizada a la hora de aprobar la Ley de Ciencias, pues la Cámara de Senadores avaló con 48 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones, reformar la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.
Con el voto en contra de Ricardo Monreal y sin el quórum legal, se aprobó la reforma que plantea la aplicación de modificaciones en la operación del Conacyt.
Debido a que en esta votación solo presentaron 56 votos, es decir, menos del mínimo requerido, es posible que se revierte la aprobación de la reforma.