Mucho ojo con las plantas que tienes en casa, pues una de ellas podría costarte una multa de hasta 5 millones de pesos.
Se trata de la pata de elefante, una planta suculenta que pertenece al género Beaucarnea y que adquiere su nombre gracias al aspecto abultado de su tronco.
Esta planta endémica es originaria del suroeste de México y tenerla sin autorización representa un delito ambiental. Así como su transporte y comercio.

¿Por qué es ilegal tener una pata de elefante en casa?
La pata de elefante es una planta endémica que está en peligro de extinción, por lo que se encuentra incluida en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
Así que, por ley, está estrictamente prohibida y sancionada su extracción del medio silvestre, posesión o venta.
Es legal tener una pata de elefante en casa, pero se necesita autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Del mismo modo, es importante poder comprobar el origen legal de la planta. Lo cual es posible demostrar con los siguientes documentos:
- Factura o nota de compra de un vivero autorizado por SEMARNAT
- Certificado de procedencia legal o número de registro en el sistema de vida silvestre
- Constancia de inscripción en una Unidad de Manejo Ambiental (UMA) o PIMVS (Predio o Instalación que Maneja Vida Silvestre)
Pero si tienes esta planta en tu casa pero ninguno de los documentos antes mencionados, es recomendable tomar acciones.
Como la entrega voluntaria a una UMA registrada o un jardín botánico. Así como contactarse con la PROFEPA para orientación.

Multas y sanciones por tener una pata de elefante en casa de manera ilegal
La ley es clara en cuanto a las sanciones correspondientes por la posesión de una planta en peligro de extinción de manera ilegal.



El artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley General de Vida Silvestre establece que las multas pueden ser de:
- Mínimo: $5,657 pesos
- Máximo: $5,657,000 pesos
Por otro lado, también existen sanciones con cárcel de 1 a 9 años. Esto si se comprueba la extracción, transporte o comercialización ilegal de la especie.
