La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Morena debe ser sancionado por el uso indebido de la pauta en la difusión de spots sobre el Covid-19.

En un comunicado, el TEPJF informó que ordenó a la Sala Especializada individualizar una sanción al partido Morena por 2 spots acerca del Covid-19.

En enero, Morena se comprometió a ceder sus tiempos oficiales de televisión y de radio para difundir información acerca del Covid-19.

TEPJF determina que Morena confundió a la población con los spots

Sin embargo, aunque realizó dos spots acerca de la pandemia y el Covid-19, en los promocionales había una frase relativa a Morena.

Por ello, la Sala Superior determinó que Morena no renunció a sus tiempos de radio y televisión conforme al acuerdo del INE.

La Sala Superior señaló que Morena generaba confusión en los spots, porque no se distinguía si el mensaje lo emitía el gobierno federal o el partido.

PAN y PRD denuncian a Morena por spots de Covid-19

En enero, los partidos PAN y PRD denunciaron a Morena y solicitaron que eliminaran la difusión de dos spots acerca del Covid-19.

El PAN y PRD argumentaron que Morena hizo uso indebido de la pauta con impacto en el proceso electoral en curso.

Ante ello, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suspender la transmisión de los spots de Morena.

El INE determinó que, aunque los spots tenían la frase “Tiempo cedido por Morena para el cuidado para la salud”, podían desinformar al no ser una cesión de tiempos, ni de propaganda, sino un material pautado.

TEPJF determinó que la sanción a Morena no debe individualizarse

Fue el 13 de mayo cuando la Sala Especializada determinó que Morena hizo uso indebido de la pauta y sancionó al partido.

En ese entonces, la Sala Especializada del TEPJF impuso una multa de 224 mil pesos al partido Morena.

Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF revocó la individualización de la sanción a Morena, porque señaló que el partido no tiene la responsabilidad de los impactos de los spots y eso depende de las concesionarias.

Además, Morena argumentó que, sin analizarse pruebas para graduar la sanción, se consideró que hubo 105 mil 608 impactos en la difusión de los promocionales que se le atribuyeron.

El partido Morena también destacó que no tiene la influencia sobre la conducta de difusión, porque es responsabilidad de las concesionarias que administran los tiempos de radio y televisión.

No obstante, la Sala Superior confirmó la sanción pues señala que Morena no renunció a sus tiempos en radio y televisión conforme al acuerdo del INE para ceder esta prerrogativa, a fin de brindar información sobre la situación sanitaria.