Parece que simpatizantes violaron la ley, pues pusieron la cara de AMLO a la bandera de México durante la celebración del 15 de septiembre.
En el zócalo de la CDMX, durante la celebración del 15 de septiembre y momentos antes de la presentación de los Tigres del Norte, se pudo ver una bandera de México con la cara de AMLO.
La cara de AMLO fue montada sobre el escudo mexicano y con un fondo guinda, color representativo de Morena.
Al menos 3 hombres fueron los responsables de modificar la bandera de México con el rostro de AMLO, los cuales exhibieron su obra sobre las vallas metálicas instaladas en el zócalo capitalino.
Asimismo, los simpatizantes de AMLO gritaron el canto “¡Es un honor, estar con Obrador!”
Funcionario de Nayarit también viola la ley y cambia colores de la bandera de México
Eta es la segunda ocasión en la semana que la bandera de México es alterada por parte de simpatizantes o funcionarios de Morena.
Pues el pasado 13 de septiembre, con motivo del 175 aniversario la Gesta Histórica de los Niños Héroes de Chapultepec, un funcionario del Gobierno de Nayarit modificó la bandera.
Entonces los colores verde y rojo de la bandera de México fueron completamente reemplazados por el color guinda en un gesto alusivo a Morena, en el municipio de Tepic en Nayarit.
Cabe señalar que el Gobierno de Nayarit es morenista, por lo que al funcionario se le hizo fácil alterar la bandera de México en apoyo al partido, sin embargo, tuvo que presentar su renuncia por este hecho.
¿Alterar la bandera de México es un delito? Esto dice la ley
Pero parece que los simpatizantes de AMLO y el funcionario de Morena ignoraron que alterar de cualquier manera la bandera o cualquier símbolo patrio (como el escudo o el himno nacional), es un delito.
Así lo establece el Código Penal de la Federación, el cual consta con dos artículos sobre los ultrajes a las insignias nacionales:
Artículo 191
“Al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional o de otra potencia extranjera, se la aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio de juez”.
Artículo 192
“Al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, o de cualquier otra potencia extranjera, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos”.
Con información de Aristegui Noticias.