Rosario Robles, ex secretaria de estado durante la administración anterior, habría actuado de manera dolosa y cometido encubrimiento ante la presunta transferencia ilícitas de recursos que ocurrieron durante su periodo en la Secretaría de Desarrollo Social y su posterior trabajo como titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, señala el texto del auto de vinculación de proceso firmado por el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna.
En otro avance del proceso, se determinó que Robles podría ser acusada de encubrimiento, ya que como parte de su trabajo, debía informar al entonces Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, de las irregularidades en la dependencia.
“Por otra parte, tampoco informó a su superior jerárquico por escrito de las irregularidades, lo cual, se reitera se acredita de forma negativa porque no se han presentado, hasta el momento, los oficios que demuestren que se informó al titular del Poder Ejecutivo Federal en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria –cuya obligación es idéntica a la prevista en el Código Penal Federal- de la posibilidad de ocasionar afectaciones al patrimonio de la Federación. Lo cual, es trascendental porque, si se informó al Presidente de la República y, no se presentan los medios escritos a través de los cuales se hizo, entonces se le está encubriendo“, señala el texto.
Expertos en material legal consultados por SDP, informaron que además de los delitos que se le imputan a Robles, podría agregarse el de encubrimiento, en caso de que se compruebe que la ex secretaria no informó al expresidente Peña Nieto de las afectaciones al patrimonio de la Federación.
Al no haber evitado que las personas a su cargo cesaran en conductas de corrupción, correspondería a un permiso tácito para que se continuaran con estos daños al patrimonio nacional, precisa el documento:
“Como se ha expuesto, no evitó que las personas a su cargo hayan cesado en sus conductas, al contrario, tácitamente permitió que, en dos Secretarías de Estado distintas, actuaran de la misma manera y ocasionaran daños a su patrimonio; con independencia de que eran personas a su cargo, también se advierte que fueron las mismas personas en ambas secretarías, principalmente Emilio Zebadúa como oficial mayor en las dos dependencias. Así, a pesar de la ascendencia jerárquica sobre él, no lo instruyó para cesar de suscribir convenios irregulares”.
Por este motivo, “el hecho que se imputa a María del Rosario Robles Berlanga tiene apariencia del delito de ejercicio ilícito de servicio público, previsto y sancionado en el artículo 214, fracción III, en relación con el 64, ambos del Código Penal Federal”.
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