México.- La SCJN se manifestó a favor de garantizar los derechos de las víctimas de violación para que puedan acceder a la interrupción legal del embarazo o aborto en hospitales públicos de México.
Durante la sesión de este lunes 5 de agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó dos proyectos para invalidar la Modificación a la Norma Oficial Mexicana Nom-190-SSA1-1999. Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar que resultó en la NOM-046-SSA2-2005 Violencia familia, sexual y contra las mujeres, Criterios para la prevención y atención.
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La Corte protegió el derecho de niñas y mujeres víctimas de violación a acceder a la interrupción legal del embarazo.
— Suprema Corte (@SCJN) August 5, 2019
📌La modificación de la NOM no crea nuevos requisitos, solo se ajusta a lo previsto en Ley General de Víctimas.
📌Se desechó propuesta de invalidez pic.twitter.com/ufvnXtU5fq
Según el documento publicado por la SCJN, entre las modificaciones más importantes a la NOM-046 están:
1. El acceso al aborto sólo mediante una solicitud previa por escrito bajo protesta de decir la verdad sobre qué el embarazo es producto de una violación.
2. Cuando se trate de niñas menores a los 12 años, la solicitud la deberán hacer los padres o en su falta, un tutor.
3. El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria no está obligado a verificar el dicho de la solicitante.
4. Se elimina el requisito de la autorización previa de la autoridad competente
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Resolución deriva de controversias constitucionales
De acuerdo con El Universal, el asunto derivó de la controversia constitucional presentada por el Poder Ejecutivo de Baja California contra la creación de la NOM durante marzo de 2016, bajo el argumento de que durante su creación, se violentó la Ley de Normalización y Metrología.
El ministro presidente Arturo Zaldívar aseveró que la Corte debe defender el derecho a decidir de las mujeres sobre todo cuando las autoridades emplean herramientas legales para buscar un impedimento al acceso a dicho derecho, principalmente a las niñas.
Con el aval, cualquier niña o mujer que sea víctima de violación podrá recurrir a la interrupción legal del embarazo en cualquier hospital público de la república sin que las instituciones del sistema de salud se nieguen a practicar el aborto.
Los asuntos serán turnados a un ministro para que presente un nuevo proyecto donde se analicen los argumentos planteados contra la disposición general.