México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como discriminatorio el excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La Segunda Sala aprobó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán donde declara que no existe ninguna razón en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS por la cual los patrones no estén obligados a inscribir a sus empleados a la seguridad social.

“Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer”, dado que según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), nueve de cada 10 empleados del hogar son mujeres.

Además el trabajo doméstico se ha caracterizado por sus condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, “condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno”.

La SCJN argumenta que dicho tratamiento impide a los trabajadores acceder a prestaciones sociales y protección frente a imprevistos que puedan afectar su subsistencia e ingresos.

El IMSS deberá implementar durante el primer semestre de 2019, un programa piloto que diseñe un régimen especial de seguridad social para trabajadores del hogar con facilidades administrativas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales.

El régimen considerará las particularidades de dicho trabajo como el no laborar para un sólo empleador y la carencia de un contrato.

El objetivo es que en un plazo que no exceda los 18 meses desde la implementación del programa piloto, el IMSS pueda presentar al Congreso de la Unión las adecuaciones legales para incorporar el nuevo sistema especial de seguridad social para las trabajadoras domésticas.