México.- El uso de la imagen y el nombre del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), en la indumentaria utilizada por los servidores de la nación que realizan la entrega de programas sociales y censos poblacionales, deberá ser suspendida.
Así lo determinó la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), luego declarara procedente una queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en la que se denunciaba propagada ilegal a favor del mandatario.
En la querella presentado por el sol azteca, se acusaba que la utilización de la imagen y el nombre de López Obrador en la ropa usada por los funcionarios, incurre en violaciones al principio rector del proceso electoral, así como en el presunto uso ilegal de recursos públicos.
Tras una votación unánime de los consejeros del INE, se concluyó ordenar la aplicación de medidas cautelares, en las que se contempla la suspensión inmediata de la utilización de las imágenes y el nombre de AMLO en chalecos, gorras, mochilas, gafetes y demás accesorios.
Servidores no deberán mencionar que beneficios son promovidos por AMLO
De la misma forma, se determinó solicitar que se instruya a los servidores, que se abstengan de señalar, sugerir o mencionar que la entrega de programas y sus beneficios, derivan de compromisos o patrocinios del presidente de México.
De acuerdo a lo indicado durante la sesión extraordinaria, los hechos violarían el artículo 134 Constitucional, y construyen una promoción personal y destacada de AMLO, lo que quebrantan los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, en detrimento de las condiciones de la competencia entre los partidos políticos.
{username} (@INEMexico) August 16, 2019
De la misma forma, se ordenó a los llamados “Servidores de la Nación”, retirar la propaganda de la misma naturaleza, que se colocan en espacios de internet como Facebook, Twitter, Instagram y portales de Internet oficiales.
Ante ello, la Secretaría de Bienestar y el Coordinador General de Programas Integrales de Desarrollo, deberán girar las instrucciones a sus funcionarios sobre la determinación, en un plazo no mayor a 48 horas.