México.- El Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos que deben cumplir las empresas para reanudar actividades de forma escalonada a partir del 1 de junio, ante el coronavirus y sin autorización previa si se cumplen las medidas.
Según los lineamientos, no se requerirá autorización previa si se cumplen los puntos presentados y si la actividad puede operar de acuerdo con el color del semáforo en que se encuentre la entidad.
"En esta etapa todas las empresas podrán reiniciar operaciones siempre que implementen lo establecido en los presentes lineamientos y atiendan lo establecido en el semáforo de riesgo epidemiológico, por lo que no será necesario contar con una autorización previa"
Decreto en el Diario Oficial de la Federación. Página 3
Uno de los puntos es que las empresas identifiquen el nivel de riesgo de contagio que presentan y su tamaño en cantidad de empleados.
A partir de ello se establecen medidas: por ejemplo, las empresas con riesgo máximo deben tener a sus trabajadores a 1.56 metros de distancia cada uno. En caso de no poder cumplirse, se debe dotar equipo de protección al personal.
Además se piden barreras físicas, trabajo desde casa para personal vulnerable a complicaciones de Covid-19 y horarios flexibles.
También deberán implementarse controles de ingreso y egresos para identificar a quienes tengan síntomas de infección respiratoria aguda y quienes presenten temperatura mayor a 37.5 grados.
Los empleados que presenten esta temperatura deberán ser aislados, exhortados a usar cubrebocas y remitidos al servicio médico.
El gel antibacterial, los cubrebocas y la limpieza deberán garantizarse en los recintos, se acotó.
Estados como Jalisco comenzaron a repartir desde el 18 de mayo autorizaciones para la apertura de negocios no esenciales.
La entidad llamó a esto “Fase 0” de la reapertura económica, y otorgaba las calcomanías con base en el cumplimiento de medidas para promover el distanciamento social.