México.- Especialistas y defensoras de los derechos humanos de las mujeres explicaron durante el foro #MeTooMx, el desarrollo de la normativa que acompaña a los señalamientos y denuncias por acoso, abuso y hostigamiento sexual realizadas por mujeres en el ámbito público y privado.
Puedes leer: Celebran contundente postura de Pati Chapoy ante el movimiento #MeToo
En la sala "Digna Ochoa" de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) las especialistas señalaron que la construcción histórica del marco normativo en México es muy amplia y protege los derechos de las víctimas de violencia de género a través de diversos mecanismos nacionales e internacionales, principalmente cuando se habla de testimonio, confidencialidad y reparación del daño.
En ese sentido la defensora feminista Angélica De la Peña señaló que dentro del ámbito administrativo, la primera ley que enmarca los derechos de las mujeres al momento de ser víctimas de cualquier tipo de acoso es la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, pues como sujetos de derechos:
En tanto, la Ley General de Víctimas protege a todas las personas que han sido objeto de violaciones a sus derechos humanos y, en este sentido, establece el principio de credibilidad.
A este marco normativo se suma la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la cual establece que las mujeres deben tener igualdad de circunstancias ante los hombres, y “determina que las autoridades tienen obligaciones para atender todo aquello que no concreta la igualdad, al mismo tiempo de observar su cumplimiento”, señaló De la Peña.
Es confidencia, no anónimo
Sobre la confidencialidad con la que han sido vertidos desde el 21 de marzo diversos testimonios de mujeres contra agresores en diversos rubros de la vida pública y privada, la abogada feminista Andrea Medina señaló que existen cuando menos 10 documentos normativos que les respaldan.
{username} (@CDHDF) April 11, 2019
Recomendamos: Lanzan #MeTooEscritoresMexicanos para señalar abusos, acoso y violencia
En ese sentido, subrayó que en 2007 hubo un avance importante en la materia con la expedición de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia toda vez que detalla que para cada ámbito el hostigamiento sexual plantea la confidencialidad de quien denuncia.
Dentro de dicho contexto es relevante el año 2016, señaló Medica, cuando:
El ámbito laboral y Me Too
En el ámbito laboral también existen leyes que sancionan la violencia de género en lugares de trabajo; la primera es la Ley Federal del Trabajo la cual establece no hostigar ni acosar sexualmente y, sobre todo, no tolerarlo.
Asimismo la Norma de Igualdad Laboral y No Discriminación, obliga a todas las empresas a evitar la violencia, a juzgar con perspectiva de género y no discriminación así como a establecer protocolos, es decir, normas para evitar hostigamiento y acoso como prácticas de violencia.
Desde la perspectiva laboral, agregó González, la cultura que prevalece en centros de trabajo es normalizar la violencia.
Finalmente, recordó que la Organización Internacional del Trabajo creará por primera vez un convenio sobre violencia y acoso en el ámbito laboral, que incluye obligaciones para el ámbito privado, las industrias musicales, universidades privadas, y medios de comunicación.
Exigen respuesta oficial por Me Too México
Al finalizar el Foro #MeTooMx, se leyó un pronunciamiento que describe las obligaciones y exigencias hacia el Estado mexicano respecto a su actuación y reacción ante las denuncias que siguen emergiendo a lo largo del país.
En el sector público, enumeraron instancias del Estado y solicitaron que de manera obligatoria el lunes 6 de mayo, a partir de las 10 am, informen sobre las acciones ante la violencia de género contra las mujeres, en particular respecto del hostigamiento y acoso sexual y otras formas de violencia sexual.
También las Fiscalías o procuradurías generales de justicia; al Sistema Nacional de Protección de Niñas,Niños y Adolescentes; la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a los poderes judicial y legislativo. Así como empresas, sociedad civil, agrupaciones gremiales y demás instituciones sociales, “pues están obligadas a prevenir y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres”.