México.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó a todos los trabajadores del país que realicen actividades remuneradas en un día festivo tienen derecho al salario diario más el doble por sus servicios.
La dependencia emitió un comunicado donde explica que los empleados que no reciban su salario tal como lo establece la ley pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría gratuita.
Los días feriados o festivos, recordó la STPS, tienen por objeto que el trabajador celebre, con entera libertad, las conmemoraciones cívicas o religiosas de esas fechas. Por ello, la Ley Federal del Trabajo señala que esas jornadas se les deberán de otorgar a los trabajadores como descansos obligatorios.
El Artículo 75 de la ley indica que "los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble”.
Esto aplicará en los siguientes días: el 1 de enero; el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, día de la Constitución mexicana; el tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
Además: el 1 de mayo, Día del Trabajo; el 16 de septiembre, Aniversario de la Independencia; el tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana.
Asimismo, el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo federal, y el 25 de diciembre, además de aquellas que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias.
Con información de Notimex