Si eres freelance o estés pensando en optar por este modo de trabajo, es conveniente saber que no estás exento de pagar impuestos e inscribirte al SAT.
Aunque no esté atado a una sola empresa y desempeñes diversos encargos al mismo tiempo, el freelance debe de hacer su Declaración Anual.
No obstante, es probable que te preguntes bajo qué régimen fiscal te debes de inscribir al SAT si has optado por el freelance.
Principalmente porque hay varias opciones para trabajadores que no son asalariados.
A continuación te diremos lo básico que necesitas saber de tu inscripción al SAT y obligaciones que tienes como freelance.
¿Cuáles son las opciones para inscribirme al SAT si soy freelance?
Aunque hay varias opciones para que un freelance se inscriba al SAT, la más fácil y básica es hacerlo bajo el Régimen de Honorarios.
El Régimen de Honorarios permite cierta flexibilidad para que el freelance desempeñe su labor de manera adecuada sin meterse en problemas contables.
En algunos recomiendan inscribirse en Régimen de Actividad Empresarial, Régimen de Plataformas Digitales o Régimen de Incorporación Fiscal.
Sin embargo, estos no necesariamente aplican para freelance en la acepción literal del concepto, sino que están dedicados a negocios.
Es decir, si vas poner tu propia empresa, vas a hacer trabajos vía internet (con una aplicación establecida) o poner un negoció como una tienda.
Ninguno te conviene si eres diseñador (por ejemplo) y vas a estar trabajando en campañas publicitarias, remodelando un portal y elaborando un cómic.
Por ello el Régimen de Honorarios es el más adecuado, los otros sólo te complicarían las cosas de forma innecesaria.
¿Qué obligaciones tengo como un freelance bajo el Régimen de Honorarios?
Una vez que como freelance te vas a inscribir al Régimen de Honorarios, las primeras cosas que debes de hacer es generar tu RFC.
El RFC en teoría ya lo deberías de tener, pues el mismo SAT te lo da al momento de inscribirte a alguno de sus regímenes.
Posterior a ello deberás de solicitar tu firma electrónica para llevar toda tu contabilidad y facturación en orden.
Una vez hecho esto y que ya comenzaste a trabajar, tendrás las siguientes obligaciones:
- Expedir recibos de honorarios. Deben ser emitidos en formato CFDI e incluir el sello digital del SAT . El proveedor tiene ser autorizado de certificación.
- Si tus ingresos durante el año no superan los dos millones de pesos, debes registrar solamente ingresos, gastos e inversiones.
- Si durante el año los ingresos exceden los dos millones de pesos, es tu obligación llevar la contabilidad electrónicamente.
- Presentar tus declaraciones mensuales y anuales ante el SAT. Eso implica informar tus gastos, tus ganancias, el IVA y el ISR.
- Estás obligado a presentar mensualmente la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.