Las utilidades son un derecho constitucional de los trabajadores formales; sin embargo, a diferencia del aguinaldo, la cantidad se calcula de acuerdo con lo generado la empresa en el ejercicio fiscal pasado.
De acuerdo con la ley, el reparto de utilidades debe entregarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para personas morales y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.
Asimismo, se especifica que este pago excluye a las empresas que no hayan generado utilidades netas por 300 mil pesos o más en su última declaración fiscal.
Si lo que buscas es saber cuántas utilidades generó la empresa con la que trabajas para poder calcular el pago, aquí te decimos todo.
Así puedes saber cuántas utilidades generó tu empresa
Si aún no sabes si tu empresa generó utilidades suficientes como para hacer la repartición de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), aquí te decimos cómo lo puedes saber.
Los trabajadores que quieran corroborar si las ganancias fueron las mínimas necesarias se puede consultar.
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de su declaración fiscal anual.
En esta, se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio fiscal anterior.
Además, esta copia de la declaración debe ser entregada en los 10 días siguientes de su presentación ante las autoridades hacendarias.
Si no eres parte de la representación de los trabajadores, puedes solicitar la copia de la declaración anual 2022 a:
- Al sindicato de tu empresa
- Recursos Humanos
¿Cómo se reparten las utilidades y quiénes están exentos de pagarlas?
De acuerdo con el artículo 123º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece que los empleadores deben repartir el 10% de sus utilidades que se dividirá en dos partes:
- Primera parte: por igual de acuerdo con los días trabajados y de acuerdo con el promedio de los últimos 3 años para quienes superen el tope de 3 meses de salario.
- Segunda parte: de manera proporcional a los sueldos anuales de los trabajadores.
Por otra parte, la ley contempla ciertas circunstancias en las que las empresas están exentas del pago de utilidades.
Estas son:
- Empresas de nueva creación(durante el primer año de funcionamiento)
- Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (durante los dos primeros años de funcionamiento)
- Empresas de la industria extractiva de nueva creación (durante el periodo de exploración)
- Instituciones de asistencia privada reconocidas por ley que no tengan fines de lucro
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Empresas cuyo ingreso anual declarado no sea superior a 300 mil pesos