Ya se acerca el fin del 2022 y por eso te traemos cuáles son los días que se pagan doble en 2023.

Y es que cada año hay un determinado número de días oficiales, que en caso de que los trabajes estos se te deberán pagar al doble además de tu salario base diario.

Por ello la Ley Federal del Trabajo establece cuáles son los días oficiales que se pagan doble y aquí te los enlistamos.

Estos son los días que se pagarán doble en 2023

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo está dedicado específicamente para desplegar cuáles son los días de descanso obligatorio para los trabajadores de México y por ende, que se pagan doble.

Estos son:

  • el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • el 1 de mayo
  • el 16 de septiembre
  • el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • el 25 de diciembre
  • el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

Es decir, que los días establecidos que se pagan doble para 2023 son las siguientes:

  • lunes 6 de febrero de 2023
  • lunes 20 de marzo de 2023
  • lunes 1 de mayo de 2023
  • sábado 16 de septiembre de 2023
  • lunes 20 de noviembre de 2023
  • lunes 25 de diciembre de 2023
Días que se pagan doble en 2023

El 1 de enero se pagará triple, por la prima dominical.

¿Es obligatorio trabajar en días oficiales que se pagan doble? Esto dice la ley

Aunque la recompensa por trabajar en días oficiales es mayor, con una paga doble independientemente del salario diario, es importante mencionar que no es una obligación del trabajador.

Ya que el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo establece que “los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso”.

Y es por eso que si se quebranta esta disposición, el patrón deberá pagar al trabajador un salario doble por el servicio prestado.

“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.

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