Algunas empresas están obligadas a pagar utilidades muy pronto. Aquí te decimos cuáles son y cuál es la fecha límite que tienen las compañías para respetar este derecho constitucional de la clase trabajadora.
La utilidades son las ganancias obtenidas, a partir del trabajo de los empleados, por el patrón o la empresa (persona física o moral). Es un derecho de los trabajadores participar en su reparto (siempre y cuando se generen).
El pago de utilidades debe ser por igual entre todos los trabajadores, para ello se considera el número de días trabajados por cada uno en el año y la proporción en cuanto al monto de los salarios adquiridos por el trabajo en el año.
El año fiscal 2022 es el periodo que se considera para pagar el reparto de utilidades, que fue del 1 de enero al 31 de diciembre del año pasado. Sin embargo, no todas las empresas están obligadas a pagar utilidades.
¿Qué empresas no deben pagar utilidades?
Antes de llegar al punto de las empresas que deben pagar utilidades, el Gobierno de la Ciudad de México (CDMX) explicó en su sitio oficial cuáles son las compañías donde no aplica ese derecho constitucional.
No responden al pago de utilidades:
- Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento
- Empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso
- Empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración
- Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes
- IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
Los únicos trabajadores sin derecho a recibir utilidades son:
- Directores
- Administradores
- Gerentes generales
- Socios o accionistas
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda
- Prestadores de servicios profesionales
¿Qué empresas sí deben pagar utilidades y cuándo es la fecha?
El reparto de utilidades será a partir del 1 abril y hasta el último día hábil de mayo de 2023 en el caso de las personas morales (empresas), mientras que para las personas físicas (patrones) el periodo va del 1 de mayo al último día hábil de junio.
Según el servicio de Administración Tributaria (SAT), las empresas obligadas al pago de utilidades son:
- Empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más y con más de un año en funcionamiento
- Toda unidad de económica de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo
- Toda persona física o moral que tenga trabajadores a su servicio, sea o no contribuyente del impuesto sobre la renta