La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) propuso un proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) para la regularización del home office que permitiría a los empleadores visitar la casa del teletrabajador.
Este proyecto instaurar guías para las condiciones de seguridad y salud de los teletrabajadores en sus áreas de trabajo fuera de un entorno laboral convencional.
Además, establece las obligaciones y derechos de ambas partes, entre las que se incluye la posibilidad de que el empleador visite las casas de sus trabajadores, para revisar si cuenta con las medidas de seguridad para la realización de su trabajo.
Cabe destacar que esta norma, la NOM-037-SRPS-2022 aún es un proyecto no aprobado y establece guías que no son obligatorias.
Por home office, trabajadores deberían permitir que empleadores visiten sus casas, asegura proyecto de norma de la STPS
Omar Nacib Estefan Fuentes, presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, presentó el proyecto que podría regular las condiciones del home office.
Estas normas establecidas en la guía no obligatoria para que los empleadores garanticen la seguridad, física y emocional de sus trabajadores.
Sin embargo, una de las obligaciones que causa polémica, tanto para los trabajadores en modalidad home office, como para los empleadores, es la que abre la posibilidad de que se hagan visitas a las casas de los teletrabajadores.
El proyecto de NOM-037-SRPS-202, establece como obligación del patrón realizar una visita al lugar del trabajo donde su empleado realiza home office, con previa autorización del teletrabajador.
Asimismo, propone la obligación del trabajador de brindar, por escrito, las facilidades para que el empleador realice la comprobación física del lugar donde lleva a cabo el home office.
“Obligaciones de las personas teletrabajadoras: Brindar al Patrón, si está de acuerdo el trabajador, las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en cada lugar de trabajo acordado con el patrón, fuera del centro de trabajo”
proyecto de NOM-037-SRPS-202
Sin embargo, también menciona, como alternativa, que el patrón otorgue a sus teletrabajadores una lista de verificación sobre las condiciones de seguridad y salud que deben existir en el entorno.
Esto debería cumplirse en los lugares ajenos al centro de trabajo, es decir en el espacio asignado por el mismo teletrabajador en su domicilio para realizar sus labores de trabajo a distancia.
¿Cuáles son las condiciones que revisaría el empleador en la casa de teletrabajadores?
De acuerdo con este proyecto presentado por la STPS, tanto el empleador como el teletrabajador deberían de trabajar para cumplir las normas que garanticen la seguridad física y emocional del trabajador.
Par evitar los riesgos de trabajo provocados por agentes físicos se debe:
- Disponer de un área de trabajo limpia y ordenada, sin materiales, objetos o equipos que no sean necesarios
- Ordenada e iluminada adecuadamente para evitar deslumbramiento por la pantalla por exceso de iluminación
- Con temperatura y ventilación que sea agradable para el desarrollo del trabajo
- Que evite el ruido que impida la concentración para realizar el trabajo
Para evitar riesgos provocados por factores ergonómico, contar con:
- Escritorio o mesa donde se pueda acomodar cómodamente
- Silla ergonómica o apropiada para el desarrollo de sus actividades
- Aditamentos que apoyen el uso de equipo de manera cómoda
Para evitar riesgos por factores psicosociales:
- Disponer de un espacio físico y privado para el trabajo
- Que exista perspectiva de género y se permita conciliar el trabajo con la vida personal y familiar
- Se cuente con mecanismos de atención a casos de violencia familiar
- Se respete el derecho a la desconexión al término de la jornada laboral