Iberdrola pierde amparo; le cobrarán más por usar las líneas de la CFE, determina el Poder Judicial de la Federación.
El juez segundo de distrito Juan Pablo Gómez Fierro, negó un amparo a la empresa española Iberdrola frente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Dicho amparo debatía el incremento tarifario por el servicio de transmisión de energía hacia empresas con permisos legados de auto abasto.
Sin embargo, el Poder Judicial de la Federación determinó darle la razón a la CFE así como a la posición del gobierno federal por cobrar más a las empresas que tienen un esquema de autoabastecimiento de energía.
CFE cobrará más a empresas por auto abasto de energía
Desde el pasado 1 de julio, la CFE decidió cobrar más por la transmisión de electricidad renovable y de cogeneración producida por empresas privadas para su auto abasto.
Decisión que fue implementada por la empresa estatal al reconocer que el auto abasto eléctrico generaba pérdidas promedio por 7 mil 500 millones de pesos anuales.
Cifra que se obtenía ante los bajos cargos del denominado “porteo estampilla”, ya que el esquema de auto abasto permite obtener miles de socios de las centrales con solo un peso.
¿Cuáles fueron los argumentos de la empresa Iberdrola contra la norma de la CFE?
Entre algunos de los argumentos de la empresa Iberdrola señalados en el amparo contra la CFE, se encuentra que la aplicación de la norma podría tener implicaciones negativas a mediano y largo plazos, como:
- Pérdida de las inversiones realizadas para la instalación de centrales eléctricas
- Inviabilidad financiera para seguir operando las centrales, lo que podría llevar a su cierre
- Eliminación de incentivos para seguir en el esquema de auto abasto
- Así como desincentivar inversiones futuras.
Argumentos que fueron descalificados por el juez segundo de distrito Juan Pablo Gómez Fierro al considerar se sustentan en situaciones “hipotéticas”.
La empresa Iberdrola también destacó que con los cambios en las tarifas, sus empresas han enfrentado cargos por el servicio de transmisión con un incremento de entre 105 y 236 por ciento.
Razonamiento que también fue desacreditado al señalar que los cargos por servicios de transmisión no pueden mantenerse estáticos, sino que varían a lo largo del tiempo en función de la evaluación del sistema.