México.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una de las instituciones dedicadas a otorgar pensión a trabajadores. Generalmente esta se entrega al término del ciclo laboral, de acuerdo a la ley, pero también por otras razones.
Antes de explicar que otro tipo de seguros hay y ofrece el IMSSS, te explicamos qué es una pensión y sus principales puntos a tener en cuenta.
El IMSS define a la pensión como:
“Una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad”.
IMSS
Esta pensión se entrega a través de una resolución, con el que se respalda el derecho a un pago mensual y al servicio médico del IMSS.
¿Quiénes pueden recibir pensión?
El IMSS integra en tres grupos de personas a quienes pueden recibir pensión. Estos son:
1.- Para el asegurado relacionadas con la edad, por edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
Quien cumpla 65 años de edad y se encuentre en baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social puede puede pedirla por vejez.
El retiro anticipado se otorga cuando el asegurado tiene la opción de pensionarse antes de los 60 años, solo si cuenta con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia con una aseguradora y que el monto de la pensión calculada sea mayor de 30 por ciento a la que el gobierno garantiza.
La pensión por cesantía en edad avanzada es cuando la asegurada cumplió 60 años y se encuentra en baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- 2. Para una persona que sufrió un accidente de trabajo o padece una enfermedad que lo incapacita parcial o totalmente.
En este grupo entran las personas que sufren un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo que implique la disminución de sus facultades, aptitudes y la imposibilite para desempeñar su labor por el resto de su vida (incapacidad total).
Si en por invalidez, esto sucede cuando la persona se halla imposibilitada para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50 por ciento del recibido por el último año de trabajo, en caso de que sea consecuencia de una enfermedad o accidente no laboral.
- 3. Para beneficiarios de un persona trabajadora o pensionada, al momento de su muerte, esto es, por viudez, orfandad y -ascendientes.
Si es por orfandad, esta se puede pedir cuando hijos de personas aseguradas o pensionadas fallecidas comprueban el vínculo hasta los 15 años de edad. De los 16 y hasta los 25 años deberán comprobar estudios, exceptuando los casos de hijos con una Invalidez otorgada por el IMSS.
Por viudez se solicita cuando la persona que está casada con el trabajador fallecido vivió durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o quien tuvo hijos.
La pensión por ascendientes se da al padre y madre del trabajador fallecido.
Con información de Excélsior