¿Muchos gastos con el regreso a clases 2024? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te recuerda que algunos gastos de educación son deducibles, a continuación te decimos cuáles son.
A días de que inicie el ciclo escolar 2024, y ante los diferentes trámites de inscripción y reinscripción, así como el pago de colegiaturas de las y los estudiantes, es importante recordar que el SAT acepta algunos gastos deducibles de impuestos.
Se trata de gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio, y en el tema de educación también existen. ¿Pero cuáles son?
Estos son los gastos de educación que puedes deducir ante el SAT
El SAT informó que las colegiaturas de instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios ante la Secretaría de Educación Pública (SEP) podrán considerarse para deducir impuestos.
Se trata de los montos que pagas en los estudios de preescolar, primaria, secundaria y bachillerato, siempre y cuando el límite anual de deducción sea correspondiente al siguiente monto:
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Además, se señala que el transporte escolar también puede ser deducible en los gastos del regreso escolar 2024, siempre y cuando sea obligatorio, es decir, que todos los alumnos lo utilicen.
¿Cómo haces efectivo el beneficio ante el SAT?
Para hacer efectivo este beneficio, el SAT informó que tienes que contar con el comprobante de pago correspondiente a la cuota de la colegiatura.
Asimismo, señaló que los gastos deducibles podrán ser utilizada por el contribuyente o cónyuge, concubino (a), familiares ascendientes o descendientes en línea recta de la persona en cuestión.
Mientras que, cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal por una misma persona, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles.
Los pagos para deducir deben cubrir única y exclusivamente la educación del alumno, el pago deberá efectuarse por cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.
Cabe destacar que los gastos por cuota de inscripción y/o reinscripción no son deducibles de impuestos ante el SAT, según indicó la dependencia mexicana.