Los agricultores y pescadores quedarán exentos de la obligación de presentar sus declaraciones anuales y mensuales, dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Así lo informó el SAT al señalar que el beneficio que permitirá que se exenten de la declaración anual, será aplicable para los contribuyentes de los sectores productivos relacionados con la agricultura y la pesca.
Sin embargo, el SAT destacó que los agricultores y pescadores que quedarán exentos de la declaración anual, se aplicará solo y cuando los contribuyentes emitan facturas electrónicas.
SAT exentará de presentar la declaración anual y la mensual a agricultores y pescadores
De acuerdo con la información que fue emitida por el SAT, agricultores y pescadores son quienes quedarán exentos de presentar la declaración anual, así como la mensual.
La información presentada por el SAT refiere que los pescadores y agricultores que podrán beneficiarse, son aquellos cuyos ingresos no sean mayores a montos de 900 mil pesos.
Aunado a lo anterior, solo los productores del sector que emitan facturas electrónicas por la realización de sus respectivas operaciones, serán quienes puedan beneficiarse
De la misma forma, el SAT explicó que los contribuyentes que pueden acceder a la exención de las declaraciones de impuestos anuales y mensuales, son los de los siguientes sectores:
- Agrícola,
- Silvícola
- Ganadero
- Pesquero
SAT contempla facilidades para agricultores y pescadores
El SAT también refirió que quienes reciben ingresos por jubilaciones o pensiones, son quienes pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas y aplicar la exención de pago de ISR.
Sobre las personas físicas que realicen operaciones con personas morales, el SAT detalló que no tendrán la retención del 1.25 por ciento por los pagos que hayan realizado dichas personas morales.
El beneficio en cuestión, solo será aplicable cuando los ingresos de dichos productores, cuando éstos no sean mayores al monto de los 900 mil pesos.
En tanto, las personas morales agricultores y pescadores, podrán presentar semestralmente los pagos provisionales y mensuales del ISR, así como el impuesto al valor agregado (IVA).
Además, tendrán facilidades para deducir gastos de pago de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimento para ganado y gastos menores que no excedan los 800 mil pesos.