México.- ¿Se heredan las deudas de una persona muerta?, es una pregunta constante entre las familias que pierden a un ser querido que ha acumulado bienes.
A la cuestión de si ¿se heredan las deudas de una persona muerta?, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclara que:
- Las deudas de un familiar que ya murió no se heredan, por lo que ninguna persona está obligada de manera legal a saldar cantidades que quedaron pendientes.
¿Por qué no se heredan las deudas de una persona muerta?
Ante la pregunta sobre si ¿se heredan las deudas de una persona muerta?, la Condusef aclara que las deudas de un familiar que ya murió no se heredan.
Asimismo, el organismo consideró importante avisar en tiempo y forma a las instituciones bancarias sobre el deceso del titular.
- La Condusef señala que las deudas no heredan porque los créditos cuentan con un seguro que salda la deuda.
Hay que checar antes de contratar un crédito para no generar deudas
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ha respondido a la inquietud sobre si se heredan las deudas de una persona muerta.
Si bien, dice que las deudas de un familiar fallecido no se heredan, debido a que los créditos cuentan con un seguro que salda la deuda, el organismo aconseja checar a la hora de contratar un crédito, que tenga asociado un seguro de vida, ya que gracias a ello el banco cubrirá el saldo que no se liquidó.
No obstante, señala, hay condiciones para que esto se pueda realizar de manera adecuada, porque en el caso de las tarjetas de crédito no deben contar con más de tres meses de atraso en los pagos y que tampoco hayan sido utilizadas posterior a la muerte de la persona.
No hay deudas por hipoteca mancomunada
La Condusef aclaró que las deudas de un familiar que ya murió no se heredan, por lo que ninguna persona está obligada legalmente a saldar los montos que quedaron pendientes.
En este sentido, dijo que actualmente se cuenta con la posibilidad de solicitar un crédito hipotecario en conjunto, el cual considera los ingresos de ambos cónyuges con el propósito de acceder a un préstamo más grande, que les permita adquirir una vivienda de mayor precio.
Si se otorga el crédito, las dos personas están cubiertas por el seguro de vida ligado a la hipoteca, por lo que si alguno de los dos muere, el seguro liquida la deuda, siempre y cuando en la póliza se figure el esquema de cobertura mancomunada conyugal y no haya atrasos en pagos.
Sí puedes heredar deudas en estos casos
La Condusef señala que las deudas de un familiar que ya murió no se heredan, pero hay algunas excepciones, por lo que advierte que quienes sí pueden contraer la deuda son:
- Quienes hayan firmado como aval o fiador a la hora de adquirir cualquier tipo de crédito estarán obligadas a contraer las deudas del fallecido.
- El o la cónyuge, así como aquellos familiares que hayan sido nombrados en el testamento como albaceas, ya que serán los responsables de saldar las cuentas.
- Si las herencias cuentan con deudas, los beneficiarios pueden rechazarla o aceptarla, o bien, sólo recibir los bienes restantes de la misma una vez que los pendientes financieros sean liquidados.