La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un caso a favor de un consumidor que reclamó el reembolso de los boletos VIP que compró a Ticketmaster para un concierto.

La Primera Sala de la SCJN decidió revocar una sentencia dada a favor de Ticketmaster, esto por realizar violaciones al contrato de compra-venta de boletos para un concierto.

Ahora, corresponde al tribunal colegiado analizar nuevamente el caso “conforme a los principios constitucionales y de protección al consumidor”.

Ticketmaster: SCJN protege derechos del consumidor; revierte sentencia contra devolución y pago de compensación

La Primera Sala de la SCJN revocó, a propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat, la sentencia de un “caso emblemático” relacionado con la empresa de venta y distribución de boletos para conciertos, Ticketmaster.

Esto en el caso de un consumidor que demandó a la empresa por negarse a entregarle los boletos que compró en línea para un festival de música.

Se trata de boletos VIP por los que pagó más de 25 mil pesos pero que no lo quisieron entregar por no poder realizarse un cargo adicional de 10 pesos para la impresión de estos en el método de entrega conocido como “Will Call”.

El consumidor reclamó que el sistema “Will Call” implica que los compradores deben recoger los boletos físicamente en un punto de venta o en las instalaciones del evento; sin embargo, Ticketmaster le negó la entrega porque no pudo realizarse un cargo adicional con la tarjeta de crédito con la que efectuó la compra.

Esto a pesar de que el afectado ofreció otros métodos de pago, pues la empresa insistió en que el cargo debía procesarse exclusivamente con la misma tarjeta registrada originalmente.

Sin embargo, la SCJN determinó que con esto, Ticketmaster vulneró los derechos del consumidor, pues no está dentro del contrato la necesidad de realizar dicho pago con el mismo método de pago.

Ticketmaster violó contrato por no entregar boletos VIP a consumidor; SCJN aclara que condiciones no forman parte explicita de éste

Un juez de primera instancia, así como un Tribunal Colegiado resolvieron a favor de Ticketmaster, bajo el argumento de que la falta de entrega de los boletos fue responsabilidad del comprador por no cumplir con los términos establecidos por la empresa.

Sin embargo, el consumidor solicitó la revisión del caso, donde volvió a exigir la rescisión del contrato, así como la devolución de los más de 25 mil pesos y una compensación por daños morales y punitivos.

Asimismo, argumentó que las condiciones impuestas por Ticketmaster no incluyen de manera explícita la obligación de procesar el cargo adicional con la tarjeta original con la que se realizó la compra, lo que vulnera sus derechos como consumidor.

Según la SCJN, el consumidor tiene la razón y resaltó que los contratos de adhesión deben ser claros, accesibles y no contener condiciones que no hayan sido aceptadas expresamente por los clientes.

Además, destacó que se trata de una violación de contrato, pues las empresas no pueden imponer requisitos unilaterales que no formen parte explícita del contrato.

Con esto, se establece un precedente clave en la defensa de los derechos de los consumidores en transacciones digitales y enfatiza la importancia de la transparencia en los contratos de adhesión.