La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza exentar del Impuesto de Valor Agregado (IVA) a ciertos productos de Walmart, en el marco del Día Internacional de la Mujer.

El amparo para Walmart, interpuesto en 2021, es debido a que el supermercado declara como inconstitucional una reforma de dicho año que exenta de IVA solamente a ciertos productos, pero no serían los únicos del rubro.

Por lo que la SCJN analiza dicho amparo de Walmart, que también fue promovido por organizaciones civiles y movimientos feministas, al señalar que no exentar de IVA a todos estos productos vulnera el principio de equidad tributaria.

Walmart: SCJN discutirá exentar de IVA a productos de menstruales de la tienda

El próximo 12 de marzo, la Primera Sala de la SCJN discutirá exentar de IVA a productos menstruales en Walmart, proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena.

La SCJN discutirá el amparo 551/2024, por la inconstitucionalidad del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ya que transgrede el principio de equidad tributaria, al exentar de IVA a algunos productos menstruales.

Este amparo ante la SCJN es en respuesta a uno presentado Walmart el 21 de enero de 2022, días después de que la reforma para exentar de IVA a algunos productos menstruales entrara en vigor.

Sin embargo, el juzgado Décimosexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México lo sobreseyó en 2023, debido a que determinó la “inexistencia de los actos” y que Walmart no acredita que exentar de IVA a los productos menstruales le afecte.

Ante esto, el 26 de febrero de 2025, Walmart tramitó otro amparo ante la SCJN contra la resolución de 2023, ya que señaló que como persona moral sí le afecta no exentar de IVA a todos los productos menstruales.

Por lo que Walmart pretende que se exente IVA a todos los productos menstruales en sus tiendas si la SCJN declara inconstitucional el artículo de dicha ley.

SCJN discutirá amparo de Walmart

Esto dice la reforma que exenta de IVA a algunos productos menstruales y que SCJN analizará

El amparo de Walmart contra la Ley del Impuesto de Valor Agregado en la SCJN es que la reforma de 2021 debería aplicar para todos los productos de gestión menstrual, sin embargo, no sería el caso acorde con la definición de Unicef.

La Ley del Impuesto al Valor Agregado se reformó en 2021, tal como se determina su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de dicho año, para exentar de IVA a algunos productos menstruales.

Tal como señala dicha reforma, se eliminó el 16% de IVA de toallas sanitarias, tampones y copas menstruales, en beneficio de las mujeres, niñas y adolescentes, especialmente para aquellas con menores ingresos.

Pero queja de Walmart en el amparo es debido a que no se da la razón por la que el legislador solamente entiende como productos menstruales las toallas, tampones o copas en la reforma de 2021.

Ya que no son los únicos productos destinados para atender la menstruación:

  • pantiprotectores
  • ropa interior ya sea de tela o desechable 
  • jabones íntimos
  • parches térmicos contra los cólicos
IVA en productos de higiene menstrual