Tuvieron que pasar 26 años para que la memoria del zapatista Antonio González Méndez, símbolo de la resistencia, tuviera justicia. Ninguna Comisión de Paz habría podido negociar nada con la certeza de que durante la administración del expresidente Ernesto Zedillo, la represión, prácticas y estrategias para exterminar a la Insurgencia del Ejército de Liberación Nacional fueron peor que lo enunciado.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado mexicano, en una sentencia notificada este 12 de diciembre, por la desaparición forzada en contra de Antonio González Méndez, así como por violaciones a los derechos de su esposa, hijas e hijo.

Antonio pertenecía al pueblo indígena de Cho’l, originario de la comunidad El Calvario. Su delito: sonar demasiado con la autonomía de los pueblos oprimidos por la incipiente tendencia neoliberal que despojó tierras y familias en nombre del comercio y del progreso. Su proyecto era una tienda cooperativa con la que se sostenían proyectos de salud comunitaria, educación y desarrollo de campesinos. Esto fue valorado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos al elaborar un análisis de contexto que reconocieron las situaciones de violencia en Chiapas, recrudecidas desde 1994, año en que entró en vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

Fue el 18 de enero de 1999 cuando González Méndez salió de su hogar a comprar un arma y municiones, acompañado. El insurgente, miembro de las bases civiles del EZLN, comentó a su esposa que volvería al pasar la media noche, solicitándole estar despierta para abrirle la puerta. Ella no se imaginaba que sería la última vez que lo vería. Desde aquel momento, nada más se supo de él.

El Plan de Campaña Chiapas

Lo sucedido a González Méndez no fue un hecho aislado. Se trató de una operación sistemática, ejecutada por grupos armados paramilitares que emergieron de los mismos cuarteles de la milicia oficial, con la instrucción de operar en Chiapas un plan estatal que desestabilizara al EZLN y rompiera todo tipo de alianza entre aquellos rebeldes y los grupos de la sociedad civil organizada.

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Aquellos asignados a la operación secreta eran casi infiltrados, debían identificar todo tipo de intento y planeación de levantamiento, identificar líderes y cadenas de comercio que les brindaban armamento, aparatos para radios comunitarias y todo tipo de recursos. Desaparecieron tantos que el plan incluyó el financiamiento y entrenamiento de grupos paramilitares como “Desarrollo Paz y Justicia”, entre cuyas acciones se enlistan masacres, torturas a pueblos completos, graves violaciones de derechos humanos y desplazamientos forzados.

Al Estado mexicano se le encontró culpable por la violación de los derechos a la integridad personal, a las garantías judiciales y la protección judicial, así como, así como las obligaciones de no practicar la desaparición forzada, establecidas en los artículos 5, 8 y 25 de la Convención Americana y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas respectivamente, en contra de Antonio González Méndez.

También determinó responsabilidad por violar el derecho a una investigación adecuada, diligente y dentro de un plazo razonable que hubiese permitido encontrar a González Méndez.

El 2024 fue el año en que el expresidente Zedillo regresó de su autoexilio para participar en un evento privado de la banca. En aquel evento, destacó las bondades económicas del neoliberalismo, criticando al entonces presidente Andrés Manuel López Obrador. Ojalá que al cierre de este año en que ha vuelto a la arenga política nos pueda brindar una explicación. Queremos saber el paradero de los restantes. En la lista de los más de 125 mil víctimas de desaparición forzada, sobran preguntas sobre aquellos que desaparecieron durante su gobierno.

Zedillo no solo será recordado por la crisis económica en que se sumió al país durante su gobierno, así como el enorme endeudamiento del rescate a la banca mediante el Fobaproa o la privatización del sistema ferroviario. A partir de esta sentencia, deberíamos recordar a Zedillo como el autor de crímenes de lesa humanidad.

¿Y ahora qué?

Lejos de las confrontaciones políticas entre los grupos antagonistas de ayer y hoy, México ya había sido condenado previamente por el Caso Radilla Pacheco. Rosendo Radilla Pacheco fue víctima de desaparición forzada en 1974, durante la Guerra Sucia. La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la sentencia internacional en 2009. De allá a la fecha, a más de una década de la sentencia, no se ha localizado a Radilla Pacheco ni se ha esclarecido plenamente su paradero, lo que refleja deficiencias en las acciones de búsqueda y en la investigación. No se han identificado ni sancionado a los responsables de la desaparición, lo que perpetúa la impunidad en este caso.

En la sentencia, que es vinculatoria (obligatoria) para México, la Corte IDH ordenó que México modifique su marco legal para garantizar que los casos de violaciones graves a derechos humanos, como la desaparición forzada, sean juzgados por tribunales civiles y no militares.

Pero las reformas fueron insuficientes: Si bien se han realizado cambios en la legislación, el fuero militar aún permite en ciertos casos la intervención de tribunales castrenses, especialmente cuando las víctimas son civiles. Esto incumple con los estándares de la Corte, que exigen la eliminación total de la competencia militar en casos de derechos humanos.

La sentencia también exige que las autoridades mexicanas sean capacitadas en materia de derechos humanos y desaparición forzada. Aunque se han implementado programas de capacitación, los resultados son limitados y no han sido uniformes ni suficientes para erradicar las prácticas de desaparición forzada y garantizar investigaciones adecuadas. El contexto actual de desapariciones masivas en México demuestra la necesidad de un mayor esfuerzo. De hecho, hay muy pocas sentencias en el ámbito de los tribunales internos sobre desaparición forzada. Prácticamente, es un crimen que se comete con 96% de impunidad en el 2022 según los apuntes sobre desaparición de personas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con 98% de impunidad acumulada según el informe Impunidad en Delitos de Desaparición en México de Impunidad Cero.

Esta nueva condena internacional llega a nuestro país en un momento en que la probabilidad de que un delito cometido sea resuelto es tan solo de 0.9%.

Así que, a pesar del dedo flamígero en contra del viejo Ernesto Zedillo, el movimiento que ocupa la presidencia tampoco ha logrado disminuir la desaparición forzada ni combatir la impunidad. De hecho, los pequeños avances como el Registro Nacional de Personas Desaparecidas han sido desacreditados y desarmados, sustituidos por un censo con metodología poco clara. Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, para el 8 de agosto de 2024 (desde 1950), hay 116.386 personas “desaparecidas y no localizadas”, de las cuales, 89.121 son hombres; 26.749, mujeres y 516 no tienen un sexo definido.

Sin embargo, los datos consultados más recientes en la versión estadística del RNPDNO dicen que del periodo del 31 de diciembre de 1952 al 14 de diciembre del 2024, el total de personas desaparecidas, no localizadas son 119 mil 820 personas frente a 221 mil 769 personas localizadas, de las cuales, 17 mil 161 se reportan localizadas sin vida, que representan el 7.74% de las personas localizadas, frente a un milagroso 92.26% de personas localizadas con vida, que son 204 mil 608 personas, dejando la cifra de exclusivamente personas desaparecidas en 109 mil 314 personas. Por sexo, 92 mil 85 desaparecidos son hombres, 27 mil 300 son mujeres y 435 tienen sexo indeterminado. Juzgue usted.