Se sabe que la palabra democracia fue introducida por Heródoto y que lo refiere a la pugna entre libertad y tiranía, desde luego a favor de la primera y asociada al término de isonomía o igualdad y de una valoración opuesta a la hybris, o exceso de riquezas y poder.

Como forma de gobierno la democracia implicó la idea de pueblo en el ejercicio del poder y constituyó un ideal que sigue vigente hasta nuestros días; pero el régimen democrático que puso en pie la Atenas del siglo IV a. C., consideró un conjunto de prácticas e instituciones sorprendentes aún en nuestros días, como los cargos por sorteo y de la rotación en ellos entre quienes resultaban designados.

Llama la atención el desagregado de los papeles que resolvieron instituir entre el Consejo y la Asamblea, como también la creación de una nueva instancia para aprobar las leyes, una vez que se pusieron en práctica las reformas instrumentadas en el año 403 a. C., cuando se constituyó un órgano legislativo integrado por los “nomethetai” para aprobar las leyes, mientras se dejó a la Asamblea la facultad de aprobar los decretos.

También tiene inspiración griega la aplicación de la justicia a través de instancias que permitieron la posibilidad de impugnar resoluciones, así como los sistemas de votación a mano alzada y los de voto secreto, al igual que el escrutinio y la posibilidad de realizar el recuento de votos.

De alguna manera, incluso sin saberlo a detalle, la sociedad moderna en cuanto a su vida política democrática es hija de la Atenas de los siglos V y IV a. C. Cierto la máxima de Abraham Lincoln de gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, sigue impactando nuestra idea y visión del ideal democrático que nos inspira hasta la actualidad, pero el protagonismo del pueblo en Atenas estuvo sujeto a una institucionalidad muy detallada.

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Indiscutible que la democracia es el gobierno del pueblo, pero cabe pensar cómo procesa el demo su voluntad; en torno de ello surge la distinción entre la democracia directa de la antigüedad y de la democracia indirecta de los tiempos modernos. Pero la respuesta es más compleja que eso, pues si bien la democracia originaria se soportaba en la expresión directa de sus ciudadanos y en la libertad que tenían para expresarse, también se contaba con un elemento de control o de rectificación de las decisiones del propio pueblo, que se conoció como “graphe paranomon”, el cual se significó como una medida para acudir al tribunal del pueblo para rechazar decisiones de la Asamblea del Pueblo.

El mecanismo que consideraba tal procedimiento es singularmente interesante, pues de por medio estaba la convicción de que el pueblo nunca se equivoca. ¿Pero como era posible entonces rectificar decisiones de una Asamblea en la que no había lugar a resoluciones extraviadas o equívocas? La solución de los griegos a esa contradicción fue asumir que, en ese caso, quien sería llamado a juicio no era la Asamblea, sino los oradores que habían engañado al pueblo y que lo habían persuadido de votar a favor de un decreto inconstitucional, lo que introdujo una medida destinada a la posibilidad de sobreponerse a los demagogos.

Cabe señalar que el graphe paranomon operaba como un juicio que se desahogaba en el Tribunal del Pueblo y que se resolvía mediante una sentencia en virtud del cual el decreto sometido a juicio podía quedar anulado y, en consecuencia, consideraba un castigo para el proponente u orador que hubiese presentado o llamado a la aprobación del ordenamiento en cuestión; las sanciones que se aplicaban resultaban consecuentes con la dimensión del caso y podían ser sumamente graves. También ocurría que, en el caso de que el juicio se refiriera a una medida aprobada más de un año antes, se podía anular el decreto correspondiente, pero ya no se aplicaba sanción alguna a su promovente.

En el caso de juicio en contra de leyes (ya no de decretos) el mecanismo resultaba parecido, pero en este caso el procedimiento era un “graphe nomon me epitedeion thenai” que se plantada como juicio para quien hubiese planteado una propuesta para una ley considerada y sentenciada como inadecuada

Entonces, la democracia así entendida, es decir como gobierno del pueblo, tuvo un filtro muy claro a través de la constitución, la “politea” para Aristóteles, entendida ésta como el cuerpo político de una polis; es decir las instituciones políticas y la estructura de los órganos de gobierno que lo identifican. El apego o desapego a la constitución acabó siendo para el pensamiento griego la variable que delimitaba el paso de las formas buenas a las malas de cada tipo de gobierno. En el caso de la democracia la degeneración en demagogia.

Esta referencia acredita la importancia, sí de ordenar la vida política en consonancia con la voluntad y determinación del pueblo, pero en el marco de la constitución y de las posibilidades que esta misma abre para desahogar los alegatos sobre la constitucionalidad o juicios de inconstitucionalidad de las leyes. Los griegos ya lo hacían en su visión del régimen democrático y sancionaban a los demagogos, nosotros no llegamos a tanto. Creemos que los demagogos tendrán una sanción electoral a la hora de las votaciones.

Desde la antigüedad, en efecto, la democracia como gobierno del pueblo cobraba vida a través de las instituciones y de las leyes. Ellas eran la vacuna para evitar caer en la demagogia; ¡no hay que olvidarlo!

El paso de la democracia a la demagogia nos amenaza y embiste a través del populismo.