Garantizar la paridad como un principio constitucional cuya finalidad es la igualdad sustantiva, forma parte del acceso a la justicia de las mujeres y en este proceso electoral, sería un despropósito de quienes imparten justicia no reconocerlo.
En noviembre de 2020, el Instituto Nacional Electoral emitió lineamientos para que los partidos políticos postularan a mujeres en la mitad de sus candidaturas a gubernaturas. La respuesta de personajes “progresistas” fue impugnar en Sala Superior. Efectivamente, la sentencia del TEPJF obligó a los partidos a postular por lo menos en 7 de 15 candidaturas a mujeres.
Un logro histórico pero que a los patriarcas de los partidos les generó incomodidad.
Hay que decir que la paridad no se agotó con la reforma de 2014 que propició la mitad de mujeres congresistas en la cámara baja y alta. La disputa del poder se da en lo local, en los territorios de municipios y alcaldías. Tan solo en 2019, por cada mujer que dirigía un municipio, había cinco hombres, es decir, de los 2400 municipios en México, únicamente 545 eran gobernados por mujeres. Una brecha de inequidad abismal.
El asunto de fondo son, por un lado, las violencias que se viven en las comunidades donde las agresiones a mujeres que deciden participar en la toma de decisiones, se arrecia; y por otro, los ineficientes, burocráticos y extenuantes mecanismos de acceso a la justicia electoral que enmarcan los procesos.
Les pongo un ejemplo:
En marzo de este año, después de acudir al Tribunal Electoral de Oaxaca, a la Sala Regional del TEPJF y finalmente a la Sala Superior, pudimos con un grupo de compañeras, garantizar las acciones afirmativas en estas elecciones.
Logramos que las planillas de candidaturas a los ayuntamientos, mandaten que por cada segmento de competitividad deberán postular 35 por ciento de candidaturas, con autoadscripción indígena y/o afromexicana calificadas; 5 por ciento de candidaturas de personas con discapacidad permanente física o sensorial; 10 por ciento de personas mayores de sesenta años, y; 10 por ciento de personas jóvenes. Un hecho inédito que no deberíamos haber peleado en tribunales, pero que lo seguimos haciendo ante la resistencia a nuestra participación.
El PAN sigue sin cumplir la paridad de género
En la Ciudad de México el incumplimiento a la paridad por parte de los partidos obligó, en sesiones del Consejo Electoral bastante atropelladas, que el Partido Revolucionario Institucional recompusiera sus formulas y bajaran a un candidato hombre contendiente en la Alcaldía de Milpa Alta, por una mujer, que por ordenamiento jurídico, debió ser así desde el inicio.
El Partido Acción Nacional no lo hizo y sigue sin cumplir: de 6 candidaturas del bloque alto de competitividad, postuló a 4 hombres y a dos mujeres, cuando la regla de paridad debió ser la mitad, es decir, 3 hombres y tres mujeres. Argumentaron que ya en su alianza común con los otros dos partidos: PRI Y PRD, cumplían, lo cual es una simulación tramposa que avaló el Instituto Electoral de la CDMX.
La razón no les asiste. Los partidos políticos tienen que cumplir primero en lo individual con la paridad y también en lo colectivo, porque al no hacerlo, las ventajas que obtendrán como partido serán las de tener un mayor presupuesto, espacios en radio y televisión y todavía, la sumatoria de más votos que por ende, les permitirán al PAN acceder a más plurinominales. Aunado a que son el único instituto político que incumplió el principio constitucional y tienen, por ley, que recomponer sus fórmulas.
Este jueves 27 de mayo, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México sesionará. Las y los magistrados tienen la obligación de garantizar la paridad en este proceso, pero además, una oportunidad para sentar precedente en todo el país, para que nunca más, los partidos políticos simulen la paridad bajo las siglas de ninguna alianza o candidaturas en común.
Estaremos atentas y vigilantes.