En estos días se ha discutido en los medios públicos, especialmente en redes sociales digitales, acerca de las ventajas y desventajas de la consulta popular o pública que se llevará a cabo el próximo 1 de agosto, 2021, sobre si la ciudadanía está o no de acuerdo en iniciar procesos “esclarecedores” de los “actores políticos” del pasado.

Ésta es la pregunta que aparece en la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de octubre de 2020:

<i>“¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?” (1)</i>

Como se puede apreciar, en la pregunta que se contestará durante la consulta popular o pública que viene (con un “Sí o No”), no se cuestiona acerca de la responsabilidad judicial, en apego con el marco constitucional y legal, de ex presidentes de la República, sino sólo, en términos genéricos, sobre “actores políticos”.

Un o una presidente municipal, una o un gobernador y un presidente de México son actores políticos.

¿Con qué figura e institución del Estado se vincularán los resultados de la consulta?

¿Se creará una comisión “esclarecedora” de hechos; una especie de comisión de la verdad? ¿Cuáles son los alcances legales, históricos, políticos y educativos de dicha consulta pública?

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Una de las ventajas que tiene esta consulta es, sin embargo, de carácter educativo, pues la jornada cívico-política de agosto, tiene asociación directa con los procesos de formación cívica, ética y política de las niñas, los niños y jóvenes (NNyJ), quienes, sobre todo desde la educación básica, entran en contacto con este tipo de ejercicios y pueden recuperarlo de manera práctica, como una acción y un valor democráticos. Lo lamentable es que las y los estudiantes se encuentran, durante este periodo, de vacaciones.

Cabe recordar que a partir de 4º. Grado de Educación Primaria y durante la Secundaria, se abre la posibilidad de que nuestros NNyJ tengan acceso directo a los principios generales y a los procedimientos específicos de la convivencia social, cívica y política, en un marco de respeto, fraternidad y solidaridad entre mexicanos.

En lo formal, el plan y programas de la educación básica vigentes (2017), establecen que la formación cívica y ética: “Es el espacio curricular dedicado a formalizar saberes vinculados a la construcción de una ciudadanía democrática y el desarrollo de una ética sustentada en la dignidad y los derechos humanos.” (2)

Pregunta para estudiantes y docentes: ¿Qué diferencia hay entre una consulta pública, un referendo y una revocación de mandato? ¿Cuáles son los procesos vinculantes y cuáles no al término de una jornada cívica de esta naturaleza? ¿Nuestros NNyJ tienen claridad o certeza acerca de lo que se decidirá el 1 de agosto próximo?

“En la educación básica… la formación cívica y ética… favorece el respeto, la construcción y el cumplimiento de normas y leyes, considerando que son producto de los acuerdos establecidos entre los integrantes de la sociedad, las cuales señalan derechos y obligaciones para ciudadanos y responsabilidades para servidores públicos.”… “Asimismo, promueve la participación social y política de los estudiantes como acción fundamental para la construcción de ciudadanía.”

“La asignatura Formación Cívica y Ética brinda al estudiante oportunidades sistemáticas y organizadas para reflexionar y deliberar sobre la realidad de México y del mundo actual. Favorece que los estudiantes lleven a cabo acciones para mejorar su entorno, a nivel personal, escolar, comunitario, nacional y global, lo que contribuye a poner en práctica su capacidad para organizarse e intervenir en la solución de conflictos para el bien común.”

¿Qué tipo de prácticas o experiencias de aprendizaje se han llevado a cabo o se realizarán, desde la escuela, a partir de los ejercicios reales donde las y los mexicanos hacemos efectivos los derechos electorales y políticos?

¿Qué actividades escolares se realizaron, por ejemplo, el pasado 6 de junio durante la jornada electoral constitucional? ¿Qué tipo de reflexiones académicas están contempladas, en periodo de receso escolar, por parte de docentes y directivos escolares, como para recuperar los valores cívicos y democráticos que nos dejará la consulta?

Uno de los propósitos generales de la formación cívica y ética en México señala lo siguiente: Que los estudiantes valoren sus vínculos de pertenencia que le dan identidad con diferentes grupos sociales, (esto) con el fin de promover solidaridad, equidad, interculturalidad, valoración de la diversidad, pluralismo y rechazo a la discriminación.

También, el currículo escolar establece que las y los estudiantes participen en las “decisiones y acciones para modificar su entorno escolar, el de la localidad y el del municipio de manera organizada, responsable, informada, crítica y comprometida, en favor del bienestar colectivo y en defensa de la dignidad humana.”

La formación cívica, ética y política en la escuela: “…contribuye a la formación de ciudadanos interesados en los asuntos del lugar, país y mundo en que viven; capaces de colaborar y organizarse con otros para realizar acciones de beneficio común; que valoran la convivencia, la cultura política y la forma de gobierno democrática; y que emplean mecanismos y procesos democráticos para la deliberación, toma de decisiones y elección de representantes y autoridades.”

Es un momento adecuado para proponer que las jornadas cívicas-políticas y democráticas, como la del 1 de agosto próximo, se conviertan en escenarios de aprendizaje situados para NNyJ.

Ello implicará una modificación sustantiva al currículo escolar de la educación básica y media superior. ¿Existe la voluntad, de parte de las autoridades educativas federales y estatales, para realizar un proyecto de cambios a los contenidos de la enseñanza y los aprendizajes escolares? Aquí hay claramente una necesidad de modificaciones sustantivas.

Si a las autoridades electorales, así como a algunos medios de comunicación y a algun@s actores políticos no les ha interesado promover la consulta pública, pregunto ¿Cuál es la actitud de las autoridades educativas sobre esta clase de asuntos esenciales para la educación de las generaciones que vienen a nuestro relevo?

Fuentes consultadas:

(1) Decreto por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular. DOF, 28 de octubre, 2020.

(2) Acuerdo número 07/06/17 por el que se establece el Plan y los Programas de Estudio para la Educación Básica: Aprendizajes clave para la educación integral. DOF, 29 de junio, 2017.

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