Las campañas de prevención contra el abuso sexual dirigidas a niños y adolescentes asiduos a redes sociales comenzaron hace casi una década o más... Si nos vamos a la televisión aquel: “Mucho ojo ; y cuéntale a quien más confianza le tengas”, desde niños nos alertaba, al paso de los años, Incluso lo volvimos mofa.
Ya después cuando se dispara el índice de delitos contra menores teniendo como cabinas de operación los chats en Internet, los lobos sueltos comenzaron a disfrazarse de abuelitas...
Y sí, yendo al pasado y recordando mis clases de psicología jurídica, quizás el cuento de “La Caperucita y el lobo feroz”, puede ser la mejor forma de ejemplificar y enseñar a los pequeños que detrás de un disfraz puede estar al acecho el peor carnicero.
En la historia de la niña con caperuza roja, la madre confiada la envía a llevar comida a la abuela enferma, en el camino, cruzando el bosque, encuentra a un lobo que al verla se relamió los bigotes, pero temiendo ser visto en pleno bosque, opta por “dar consejos” a la caperuza, todo con tal de lograr sus fines, la envía amablemente por el camino largo, mientas él aprovecha llega y se come a la abuela para después tomar su lugar en la cama.
Después de vencer la desconfianza de caperuza con aquello de: ¡Qué ojos tan grandes tienes...! Logra por fin su cometido y engulle también a la ya confiada niña, pero afortunadamente un leñador entra y al ver al lobo durmiendo con la panza llena, imaginando lo qué pasó, presuroso lo mata, le abre la panza sacando sanas y salvas a Caperucita y a la abuela.
Hasta aquí la historia tuvo su final feliz...
Pero... ¿Y las secuelas psicológicas de la niña y la pobre abuela; se acabaron al matar al lobo?
Este cuento de advertencia claramente nos muestra infinidad de paralelismos con lo que está sucediendo a nuestro alrededor y se ha dado por llamar “grooming”, que no es otra cosa que el engaño silencioso y paulatino con tal de lograr un abuso sexual sobre un menor...
Tengamos claro que el abuso sexual no se refiere solamente al acto de penetración a un cuerpo, los abusos sexuales y la corrupción de menores tienen distintos ramales y por ende solo corresponde a los expertos dilucidar cada tema o denuncia, todo de manera individual, dependerá de un juez asesorado por peritos expertos en el tema decidir si los hechos concurren en delito, para esto habrá que sacar a relucir suficientes pruebas de inocencia o culpabilidad, por parte del presunto victimario y de la presunta víctima... Siempre se mantendrá la presunción de inocencia hasta no probar lo contrario.
En el cuento de Caperucita roja, la madre le advirtió sobre el peligro de hablar con desconocidos... Pero si el lobo feroz se esconde tras la careta de un conocido, familiar, famoso o una figura de autoridad; ¿La caperuza podrá detectar el peligro, o se dará cuenta hasta que el leñador la rescaté de la barriga abierta del lobo? Por ahí tenemos a Ezra Miller, huyendo, por mencionar un caso sobre abusos de menores, mediático...
En el principio general del derecho existe una máxima:
“EL DESCONOCIMIENTO DE LA LEY NO TE EXIME DE SU CUMPLIMIENTO”. (Ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminen excusat)
Ayer vimos en internet un comunicado bastante interesante, y lo interesante es que no parece redacción de un abogado, y a decir de otros juristas:
“Con esa defensa para qué quieres enemigos”...
“No parece de abogados ese comunicado, qué pena que así nos exhiban en la profesión jurídica..”
Schütter & Delsol Gojon Abogados
Fueron algunos comentarios de jurisconsultos...
Yo otorgo el beneficio de la duda al afamado despacho de Abogados “Schütte & Delsol Gojon Abogados”, quiero pensar que no vieron los extractos del video de la denuncia, porque de haber visto al menos las partes que Productora69, canal de YouTube donde Jorge Carbajal y Felipe Cruz, hacen la denuncia pública de hechos, hubieran redactado de manera diferente, el “comunicado”, y si lo entrecomillo es porque a decir de otros juristas, ese escrito deja muy mal parado al gremio, desde el encabezado se pueden notar anomalías jurídicas...
En dos hojas denuncian, juzgan y absuelven... ¡Y vámonos! ¿Cuál caso sigue?
¿Dónde quedó la ley Olimpia y el interés superior del menor?
“La información falsamente difundida y manipulada afecta también los derechos de adolescentes menores de edad”... SIC. Refiere el comunicado, aunque no se entiende , ¿Qué es “información falsamente difundida”?
Ya si hablan de “manipulación” supongo se refieren a las ediciones presentadas del video, que dicen los que lo vieron, dura casi 5 horas; desde el primer programa donde se hace la denuncia pública sobre el delicado tema, los conductores aclaran perfectamente que los cortes al vídeo son con la finalidad de proteger imagen y voz de las adolescentes...
Y exactamente, al revisar nuevamente el primer programa y los subsecuentes, no hay ni imágenes o voces de las presuntas menores víctimas, nunca vi que sacaran nombres, nacionalidades, voces, rostros e información de las menores implicadas.
El chat de zoom privado donde estaban presentes niñas menores de edad, donde se tratan conversaciones de todo tipo, incluidas las de referencias y connotaciones sexuales ahora son de dominio público, algunos medios si sacaron información confidencial e incluso entrevistaron a las menores y padres, supongo sabiendo las implicaciones que esto conlleva.
El comunicado hace mención de “oscuros intereses” buscando instrumentalizar a menores de edad para afectar a Verónica Castro, su representada, también el despacho asume como ciertas las amenazas de una adolescente a las demás menores, mucho antes de que un juez lo dictamine, ¡uf, qué grave!
También podemos leer que desde este despacho ya absolvieron a la Sra. Castro...
“La señora Castro reconoce que cometió un error: pecar de ingenuidad al confiar que no habría dentro de este grupo de seguidoras que le expresaban afecto y admiración, ninguna agenda oculta para hacerle daño “...
Schütter & Delsol Gojon Abogados
¿Un grupo depurado solo con jovencitas menores de edad?
¿Es correcto para los adultos mayores mantener chats con menores de edad donde se manejan conversaciones de índole sexual?
¿Qué dice la ley al respecto?
¿Pecar de ingenuidad te exime de responsabilidad y delitos?
El comunicado del despacho Schütter & Delsol Gojon Abogados sentencia en uno de sus párrafos:
“La señora Verónica Castro NO COMETIÓ delito alguno y cuenta con nuestra asesoría jurídica para defenderla de estas falsas acusaciones...”
Schütter & Delsol Gojon Abogados
Faltara ver las pruebas que presenten ambas partes cuando se llegue a tribunales, será muy interesante y tal vez hasta se puede lograr un precedente jurídico, cualquiera sea cual fuere la resolución y sentencia del juez en turno.
Usted que creé; ¿Se llegará a estas instancias? ¿Hay delito o delitos por perseguir?
¿Se tendrá que recurrir al: Derecho al olvido? Aunque de llevarse a cabo esta última pregunta, se abrirían nuevas puertas sobre el concepto, regulación y procedimientos... Esto apenas comienza.