La fragorosa e intensa agenda de reformas legislativas que impulsa el gobierno de la República ha incorporado la del Infonavit. Se trata de una propuesta de modificaciones que experimentó importantes rectificaciones una vez que el Senado aprobó adecuaciones que evidenciaron la afectación de la estructura tripartita del organismo de vivienda, misma que lo caracterizara desde su origen, por el rasgo de las condiciones paritarias entre los representantes de los trabajadores, de los empleadores y del ejecutivo federal.

Por consecuencia, fue modificada la iniciativa que originalmente se presentó al Senado, a partir de las adecuaciones que hizo la Cámara de Diputados y que pretendieron moderar algunos de sus excesos, pero como se verá más adelante, lo que se hizo fue buscar nuevas vías para insistir en el objetivo de que el gobierno controle y asuma la operación del Infonavit.

En un primer momento, se buscó que la Comisión de Vigilancia fuera integrada por cinco miembros por parte del gobierno federal, dos del sector de las personas trabajadoras, y dos del sector empresarial, lo que evidentemente rompía el equilibrio del tripartidismo; otro tanto sucedía con el Comité de Auditoría con tres integrantes designados por el gobierno federal, uno del sector de los trabajadores y uno más del sector empresarial.

Es evidente que ese primer proyecto rompía el equilibrio del tripartidismo, y ante el hecho de la visibilidad que cobró tal intento y de la desproporción y ruptura que ello significó respecto de un modelo organizativo que se correspondía con el hecho de las aportaciones que realizan trabajadores y empleadores a la subcuenta de vivienda del Infonavit, se buscó corregir tales despropósitos.

Con esa finalidad el proyecto que se presentó a la Cámara de Diputados rectificó e intentó reestablecer la paridad tripartita, de modo que planteó que la Comisión de Vigilancia esté compuesta por nueve integrantes: tres por el gobierno, tres por las personas trabajadoras y otros tres por el sector empresarial; a su vez establece que el Comité de Auditoría cuente con un miembro del gobierno, uno más del sector de los trabajadores y uno adicional del sector empresarial.

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En ese mismo tenor se prevé que el Comité de transparencia corrija la pretensión de estar compuesto por tres representantes del gobierno federal, uno de las personas trabajadoras y uno del sector empresarial, para que quede con un representante por cada uno de dichos ámbitos.

Así, se corrige la plana de la primera propuesta, la cual fracturaba el equilibrio tripartita; pero por otra vía, ahora por medio del Director General del organismo, se reimplanta una supremacía que deja atrás la base del tripartidismo, pues considera que el nombramiento del titular del Instituto corre a cargo de la persona titular de la Presidencia de la República y-ojo- se considera que actúa a su nombre; junto con ello se le dota de capacidad para vetar resoluciones que no contaran con unanimidad, pero es claro que la propia representación gubernamental puede impedir -si así lo desea- el consenso unánime.

Por otra parte, también se prevé que el Director General presida y tenga voz en la Asamblea General y en el Consejo de Administración, dejando atrás la anterior fórmula rotativa que turnaba entre sus integrantes la presidencia de ambas instancias; en esa misma tónica se prevé que el titular de la Dirección General sea miembro de la Asamblea General y del Consejo de Administración, cuando se le impide lo mismo a los otros integrantes de tales instancias.

Al final, puede advertirse que el gobierno y su partido cayeron en la cuenta del exceso que asumían por la vía de alterar abiertamente el carácter tripartito y paritario en la integración de los órganos del Infonavit; pero su decisión de corregir ese modelo buscó instrumentar propuestas que hicieran los mismo, pero por otra vía.

Se trató de entronar al Director General del organismo para que, mediante su preeminencia, someta o fracture los equilibrios del sentido que tuvo la participación de los representantes de las personas trabajadores y de los empresarios, incluso hasta llegar al exceso de establecer que quien ocupe la Dirección General actúa a nombre de la persona titular de la presidencia de la República, carácter que ni siquiera ocurre con las personas designadas al frente de las Secretarias del Gobierno Federal.

Si la persona titular de la Dirección General del Infonavit actúa a nombre de la presidencia de a República, la posibilidad de acotar, regular y reglamentar su desempeño resulta muy complicado y, de pretenderlo, acaba siendo, incluso, contradictorio.