En un momento trascendental para los derechos sexuales y reproductivos, las Comisiones del Congreso de la Ciudad de México se embarcan en un importante análisis legislativo. La cuestión en la mesa es el “stealthing”, una práctica que consiste en retirarse sin consentimiento el condón.
Sin ser reconocido como violación, estos actos podrían ser reconocidos como violencia sexual y es que cada etapa de un acercamiento guarda el imperativo del consentimiento, es decir, que consentir una relación sexual no implica consentir que en cualquier momento, aquella protección sea retirada; así como aceptar un encuentro sexual y arrepentirse en el transcurso del acercamiento lo convierte en violación, estas prácticas de han vuelto frecuentes ante mujeres que exigen utilizar condones.
El presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Nazario Norberto Sánchez, ha presentado una propuesta audaz. No solo sugiere sancionar con tres años de prisión, sino también con una multa significativa de más de 52 mil pesos a aquellos que cometen este acto ilegal. ¿Cómo aborda exactamente el “stealthing”? La iniciativa incorpora al catálogo de delitos en el código penal capitalino la remoción del preservativo durante la relación sexual sin el consentimiento de una de las partes involucradas, una grave violación de los derechos sexuales y reproductivos.
La iniciativa en cuestión, conocida como Ley Anti Stealthing, se encuentra en análisis en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México. El Diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, lidera esta propuesta con el objetivo de tipificar el “stealthing” como una forma de violencia y garantizar los derechos fundamentales, incluyendo la salud, los derechos reproductivos y la libertad sexual.
Esta enmienda procura reformar el Código Penal para la Ciudad de México al agregar el artículo 159 Bis y modificar la denominación del capítulo II del título tercero. De esta manera, se establece claramente que es inaceptable abstenerse, dejar de utilizar o dañar intencionalmente un método anticonceptivo de barrera durante las relaciones sexuales sin el consentimiento adecuado.
El “stealthing” amenaza la indemnidad sexual, así como la integridad física y psicológica de la víctima. Por lo tanto, es imperativo considerar esta práctica como peligrosa y merecedora de sanciones. Es fundamental asegurar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y de la población en general. Los bienes jurídicos tutelados con la propuesta son los derechos a la indemnidad sexual, así como de la integridad física y psicológica de la víctima; “por lo tanto, en aras de asegurar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y de la población en general debemos considerar esta práctica como riesgosa y penalizarla”.
Mientras que en países como España, Nueva Zelanda, Reino Unido, Alemania y Costa Rica, existen leyes que ya sancionan esta conducta, México ha enfrentado dos propuestas previas que, lamentablemente, no han avanzado hacia su aprobación. Es el momento de que México se una al esfuerzo global para combatir el “stealthing” y proteger a sus ciudadanos de los riesgos asociados, como la propagación del VIH.
Las estadísticas son dolorosas: el VIH sigue siendo una amenaza seria en México, con más de 300,000 casos reportados. Esta práctica pone en riesgo a cualquier persona de contagiarse de diversas infecciones como es el VIH, que desde su descubrimiento, entre 1983 y noviembre de 2021 se contabilizaron 328 mil 791 casos de personas infectadas (mujeres 18.6% y hombres 81.4%); de estas 201 mil 439 viven con el virus.Asimismo, se diagnosticaron 11 mil 869 nuevos casos durante 2021, de estos el 86.2% correspondió a casos a hombres y el 13.8% a mujeres.
Igualmente, retirarse el preservativo implica un riesgo de contagio de enfermedades como el Virus de Papiloma Humano, que en las mujeres puede desarrollar cáncer cervicouterino. Estudios recientes señalan que el 90 por ciento de las mujeres mexicanas ha tenido alguna vez en su vida el VPH, considerado como uno de los principales factores para desarrollar cáncer cérvicouterino, en el caso de las mujeres, y de próstata en hombres, siendo la segunda causa de muerte en mujeres.
La propuesta de Ley Anti Stealthing representa una oportunidad para reducir el riesgo de infección y promover la responsabilidad en las relaciones íntimas, añadiendo que el daño psicoemocional por esta práctica sexual sin consentimiento es vivida por algunas víctimas como una forma de violación.
Un reto para el sistema es el de evitar la revictimización para quienes se atrevan a denunciar, ya que en nuestro país, las estadísticas de impunidad son lastimosas y los delitos de realización oculta a menudo presentan como problema la prueba. En ello, el derecho penal y el sistema punitivo ha fracasado ya que las mujeres requieren altas inversiones de tiempo y dinero en representación legal para que las denuncias, particularmente por delitos sexuales o de género, puedan concretarse en justicia. El ideal que son las garantías de no repetición y la disuasión de estas prácticas es la expectativa de la reforma, sin embargo, un paso interesante será que el sistema reconozca a quienes viven estos episodios de violencia sexual como víctimas para así poder acceder a terapia psicológica y atención médica preventiva como el tratamiento PREP.
La propuesta legislativa es un paso valiente hacia la protección de los derechos sexuales y reproductivos en la Ciudad de México. Penalizar el “stealthing” es esencial para garantizar que todas y todos tengan la libertad de elegir cómo protegerse durante el sexo y evitar riesgos graves para la salud. La población, particularmente las mujeres, merecen una legislación que proteja sus derechos y su bienestar, y esta propuesta es un paso en esa dirección.