La decisión de la presidenta Claudia Sheinbaum de permanecer en México mientras se realizaba la despedida y el funeral del papa Francisco Bergoglio ha sido prudente ante el hecho alarmante no visto antes de tantos narcobloqueos en Jalisco, Michoacán y ahora, Guanajuato. El gabinete de seguridad mantiene trabajo constante y aún cuando la cabeza de aquella dependencia liderada por Omar García Harfuch es excepcional, la presidenta ha priorizando el bienestar interior de México sobre la posible imagen internacional y simbólica frente al Estado Vaticano así como frente a la máxima institución de la religión católica que a pesar de la decadencia que reporta el INEGI pasando de 98% al 77% entre la fe de los mexicanos, sigue siendo la religión preponderante.
Al mismo tiempo, da la impresión que resistir ante los embates de Donald Trump y la reforma a la Ley de Telecomunicaciones ocupan la agenda del Gobierno qué poco tiempo tiene para lutos.
La prudencia ante la seguridad y los actos de Estado que implican la muerte de un papa se ha distorsionado frente a la urgencia por responder a los comerciales terribles que el gobierno norteamericano ha lanzado en contra de los migrantes.
Aunque es un acto de soberanía y dignidad restringir su circulación en los espacios nacionales, el exceso radica en que la reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión pretende legislar de golpe las plataformas digitales. Fuera del abogañol... está Ley únicamente regula a las empresas y personas que han obtenido el permiso del gobierno para utilizar el espectro radioeléctrico que esta conformado por ondas con la que nos llega la televisión y la radio así como de infraestructura que son cables y torres enormes con las que se nos brindan servicios de telefonía e Internet. Esas personas y empresas se llaman concesionarios y el espectro radioeléctrico es un intangible que la Constitución determina como un área estratégica y que es territorio nacional , por ello es que no puede apropiarse y el gobierno brinda concesiones temporales que son permisos para el uso y explotación de este espacio que es de todas y todos los mexicanos y justamente por ser un “permiso de uso y explotación” tiene reglas estrictas y por supuesto, es revocable o sujeto de suspensiones.
Al mismo tiempo, esta ley típicamente ha regulado la forma para que las comunicaciones le lleguen a los usuarios finales, que somos todos. Es decir que la regla son los criterios para brindar el servicio de Internet, telefonía fija y celular, radiodifusoras, canales de televisión, etcetera. Los primeros logros que comenzaron a incluirse en temas de fondo, es decir, de como se usan esos servicios y que es lo que pueden o no contener, se refiere a los derechos de las audiencias menores de edad. Por ejemplo, que no se puedan decir groserías al aire, que exista un horario en televisión para solo transmitir contenido familiar, apto para niñas y niños, que no se puedan transmitir contenidos de personas desnudas ni contenidos explícitos de sangre, que a las 11 de la noche pueden transmitirse contenidos aptos para mayores de edad entre otros.
Hasta este punto, nada se ha hablado de plataformas de Internet. Aquí comienza el gran problema. Con pretexto de la defensa de nuestra dignidad y soberanía, se plantea la reforma a un artículo en el que se crea el capítulo de “Plataformas digitales” sin definir que entenderá por plataformas digitales. Puede ser una red social, un periódico digital o lo que sea. A eso, adiciona qué pueden ser suspendidas temporalmente por incumplir las disposiciones aplicables. Puede ser cualquier disposición. Administrativa, fiscal o electoral, o de lo que sea. Igual se puede suspender por no presentar una declaración a tiempo o por no responder a un mail o citatorio que por violentar disposiciones. Así de absurdo .