En los hechos, estuvo en juego el carácter de La Corte de Justicia de la Nación con la resolución que ésta tomó respecto de la constitucionalidad de la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional. Es así, por la insistencia del gobierno para que la determinación de la Corte se sometiera al punto de vista del gobierno y del cabildeo que en ese sentido protagonizó el secretario de Gobernación.
No hubo lugar a dudas, el gobierno intentó por todos los medios a su alcance alinear la opinión de la Corte y la resolución que habría de adoptar en el juicio respectivo, en el sentido de su propia definición política, muy a pesar que su primer intento de una reforma constitucional en esa misma dirección había sido rechazada en el Congreso, y de que la medida de lograr que su propuesta transitara por la vía de una legislación secundaria estaba destinada a ser inviable, como la propia administración parecía admitirlo, de forma implícita, cuando intentara la citada reforma constitucional.
Así las cosas, el asunto se convirtió en una verdadera confrontación de visiones entre el gobierno y la Corte, en donde ésta resolvería no sólo el asunto sometido a su juicio sino, además, su propia naturaleza en cuanto a su autonomía y firmeza para defender la constitucionalidad. El gobierno pretendía que su fuerza y capacidad para impactar a la opinión pública generaría las condiciones para “convencer a los miembros de la Corte” a resolver conforme a los deseos del jefe del Ejecutivo, de haber sido así, se habría sumado un hecho muy sensible a la hipótesis, cada vez más extendida, de desmantelamiento del cuerpo de instituciones del Estado en un tránsito que mira hacia entronar el dominio presidencial.
El mirador político muestra una perspectiva que amenaza con hacer palidecer el presidencialismo más acerbo de nuestra historia reciente, contra el cual, precisamente, se encaminaron muchas luchas y reformas legales para dar cauce a la democracia electoral y para construir un sistema de contrapesos y equilibrios en el ejercicio del poder para así inscribirlo en la óptica republicana. El estilo de la administración hace de ese proceso, llamado transición democrática, algo que amenaza con quedar derruido y expuesto en escombros.
En ese contexto, la determinación que la Corte asumió con su resolución de este pasado martes 19 de abril de 2023, mostró que, en efecto, es Suprema, y que merece la denominación de Suprema Corte de Justicia de la Nación que porta y la identifica. Muy relevante es que haya sido así en el marco de otras controversias y juicios de constitucionalidad que están pendientes y que serán definitivos en la vida de la República, en un tracto de resoluciones que se esperan tengan la solides y determinación que se exhibiera en el asunto de la Guardia Nacional.
Resulta claro que cuando el gobierno ya no tuvo la vía expedita de reformas constitucionales, conforme a la nueva composición del Congreso en esta LXV legislatura y de la expresión que ha mostrado la alianza política de los opositores entre el PRI, el PAN y el PRD para impedirlo y prospectar una nueva condición de discusión y aprobación de las leyes, entonces el gobierno se introdujo en una ruta controvertida para intentar sustentar en leyes secundarias aspectos y definiciones correspondientes a la materia constitucional. Se ha tratado de una especie de estrategia consistente en gobernar por decreto.
Tal situación conlleva a destacar el papel a desempeñar por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la salvaguarda de la Constitución y del principio republicano de la división y equilibrio entre los poderes. La Constitución entendida como la politiquea de la que hablaban los antiguos en su visión del régimen político y de sustentar en él la forma de gobierno. Por ello la gran trascendencia de las resoluciones de la Suprema Corte, muy a pesar de que su integración siga arrastrando el severo cuestionamiento sobre una de sus miembros respecto de su calificación profesional a partir de los documentos que pretenden acreditar sus grados académicos y que, en congruencia, debiera, cuando menos anular su voto; sin embargo, la conveniencia de la suma de los incondicionales con el gobierno en el colegiado de la Corte pareciera ampararla y protegerla desde las altas esferas.
El garante de la Suprema Corte en la vigencia de nuestra constitucionalidad es factor indiscutible para transitar con éxito la ruta que hoy marca disyuntivas peligrosas en el sentido de una regresión de carácter autoritario, de un régimen de corte populista y que se desenfada con las instituciones y con la legalidad; de una proclividad al culto personal de corte caudillista y que es afín a una cultura que ensalza al hombre fuerte, en vez de las instituciones fuertes. Ante tales amenazas existen dos asideros que están llamados a preservar la democracia y al régimen republicano, éstos son la integridad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la solides de la alianza opositora entre el PRI, El PAN y el PRD.
Se perfila un término de administración sumamente intenso dentro de una dinámica en donde el gobierno ha mostrado desatarse de amarras para ir a la defensa de sus intereses sin medida alguna y haciendo uso de los vastos recursos a su alcance y disposición. Así, la Suprema Corte de Justica está llamada a ser faro que guíe el camino constitucional, mientras la coalición opositora deberá mostrar su talante y capacidad de lucha para cumplir su papel en el espacio político en el marco del debate con el partido en el poder, en tanto la sociedad deberá ser quien dicte el fallo definitivo de este intempestivo período.