Seguramente el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador (AMLO) debe estar sumamente contrariado, molesto, y quizá con un severo dolor intestinal, aunque debería estarlo con él mismo, porque es precisamente él quien imagina y después ordena cómo pretende que se hagan la cosas sin reparar en las consecuencias, recibió este martes un descomunal revés luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidara la reforma que el Congreso de la Unión le había votado a favor y a través de la cual se formalizaba la militarización de la Guardia Nacional a pesar de las violaciones constitucionales que ello conllevaba.
Y debe estar enojado consigo mismo, aunque seguramente su furia la estará descargando en terceros; uno de ellos el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, siendo que le falló a su jefe, pues a pesar de que acudió a la Suprema Corte a dialogar o a tratar de presionar, y/o coaccionar a algunos ministros para que votaran en contra el proyecto que invalidaba la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), fracasó en su intento porque evidentemente no contaba con que se impondría la calidad moral de los ministros que han demostrado que sí se puede procurar independencia y no doblarse ante las presiones de Palacio Nacional.
Hay cuatro Ministros de la corte que fueron ungidos como tales en esta administración y dos de ellos votaron en contra la reforma presidencial, uno de ellos incluso es el autor del proyecto que se votó favorable en el que se rechaza la militarización por inconstitucional, me refiero a Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien en su momento fue considerado por el propio mandatario tabasqueño para hacerse cargo de la Fiscalía General de la República (FGR) que terminó por dejar en manos de Alejandro Gertz Manero.
Previo a ello, Alcántara Carrancá se desempeñó como presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (CDMX) del 2000 al 2003 durante la administración de López Obrador como Jefe de Gobierno (2000-2006). Y fue desde el 2004, una vez concluida su presidencia, que fungió como magistrado de la Cuarta Sala Familiar.
La ministra que habría “traicionado” a López, porque sí es de su clan, es Margarita Rios Farjat, -y aquí se dijera quizá por el calor popular ‘se fajó la Farjat’-, quien no obstante al ser una persona de la cercanía extrema del presidente y haber sido impulsada totalmente por él al más alto cargo que un abogado puede o desea ostentar en el ámbito de la impartición de justicia que es ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y tras haber ocupado cargos importantes en la propia administración pública que encabeza López Obrador, en un relevante sentido de justicia, de ética, y de apego a las normas, y quizá en un voto de conciencia que le acarreará problemas con el presidente y con los militantes de su partido más significados incluyendo al secretario de gobernación, decidió dar su votó a favor del proyecto de González Alcántara para consumar los 8 votos que se requerían para la declaración de inconstitucionalidad de la norma emitida por el Poder Ejecutivo y que en su momento validó el Legislativo.
Ahora bien, también hay que decir que no sorprendió el sentido en que votaron la ministra plagiaria Yasmín Esquivel Mossa, de quien poco hay que agregar siendo que es de todos conocido su penoso caso, y Loretta Ortiz Ahlf, que también fue ungida por la voluntad de AMLO y que obedece a pie juntillas cualquier instrucción de la presidencia de la República, de manera que sus votos fueron en contra del proyecto y en defensa de la reforma del presidente.
Felizmente, en la Corte se nota ya la mano de la Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández, quien ha soportado el embate presidencial, debiendo recordar que el propio Adán Augusto intentó intimidarla en una de sus sorpresivas visitas y más que doblarse ha sacado lo mejor de sí como impartidora de justicia, pero más aún, ya asumiendo un real liderazgo en el Alto Tribunal.
Se nota para bien la ausencia en ese mismo encargo de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, alguien de quien se esperaba un comportamiento distinto y que ahora que ya no es el presidente de la corte ha tenido una actuación totalmente absurda, dejando a un lado su calidad como jurista y dando al traste a toda una trayectoria al exhibir contradicciones en sus opiniones y argumentos completamente fuera de lugar, quizá obligado o sometido por fuerzas oscuras del poder. No se puede saber con seguridad qué es lo que lo ha llevado a conducirse de esa muy lamentable forma, pero lo cierto es que ha pisoteado su propia toga al ser uno de los tres ministros que votaron en contra el proyecto en discusión.
Así pues, con ocho votos a favor y tres en contra, el máximo tribunal de justicia tiró una de las propuestas del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien impulsó la modificación de cuatro leyes secundarias para que la Sedena maneje la Guardia Nacional, pues los magistrados señalaron que esto vulnera el artículo 21 de la Constitución.
Por lo anterior, la Guardia Nacional tendrá que regresar a la Secretaría de Seguridad Pública.
Los únicos tres ministros que defendieron el mando militar sobre la Guardia Nacional fueron Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz Ahlf.
Pero hay que insistir en que López Obrador debe estar molesto consigo mismo por su terquedad, su tozudez y por no saber entender los tiempos, las formas, y que ya no es la época en que aún con el poder que tiene -por gran mayoría simple en las dos cámaras federales- puede hacer y deshacer como lo está haciendo.
Andrés se niega a ver que, aun cuando conserva su poder como mandatario su fuerza está en serio declive, aunque sea paulatino, y que se empiezan a encender para él las alertas, mientras que las luces de esperanza para el pueblo mexicano ya se comienzan a vislumbrar al final del túnel.
Por cierto, otro descalabro para las fuerzas castrenses es la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que invalidó los artículos del Código de Justicia Militar (CJM) y del Código Militar de Procedimientos Penales (CMPP) que facultaban a las fuerzas armadas para poder realizar cateos en domicilios particulares y oficinas públicas de otros poderes y organismos autónomos con anuencia de la Fiscalía militar, por considerar que dichas normas extendían de forma indebida la jurisdicción del fuero militar sobre personas y autoridades civiles.
“Lo anterior por permitir a la autoridad militar ejercer medidas restrictivas que impactaban en la esfera de las personas civiles, sin que fuera requerida la intervención de un juez civil, en términos del artículo 16 constitucional”, señala el resolutivo del máximo tribunal del país.
De igual forma, el Pleno de la Suprema Corte invalidó la facultad que se le otorgaba a la Fiscalía de Justicia Militar y a los Ministerios Públicos adscritos a las fuerzas armadas, para intervenir comunicaciones privadas, derivado de que la norma impugnada no precisaba si dichas intervenciones estaban limitadas a elementos castrenses.
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