Este fin de semana me dediqué a traducir la demanda de carácter civil interpuesta por SAT Aero Holdings en una corte en la ciudad de Nueva York, en los Estados Unidos, en la que demanda a la Aerolínea del Estado Mexicano, S.A. de C.V., (la nueva Mexicana de Aviación) y que tanto revuelo ha causado en los medios este fin de semana santo.
La demanda viene en varias partes, primero una introducción, donde narran en 14 puntos cómo es que su empresa (antes Petrus, hoy SAT Aero) llegaron a ser elegidos para apoyar a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) en el manejo de la nueva aerolínea.
Como todo escrito inicial de demanda, está narrado de manera bastante tendenciosa, dejando fuera los hechos que realmente pasaron, y que dan un contexto diferente, pero que definitivamente no son como ellos quisieran que hubiera ocurrido. Y no vamos a espantarnos con esto; sería ridículo que su demanda empezara reconociendo su falta de acción legal; por supuesto que van por todas las canicas y no van a escatimar ningún recurso literario que abone a su pretensión, y así lo narran.
Sin embargo, gracias a gente que estuvo dentro de todo este proceso, yo tengo una historia muy distinta, en la que es muy evidente que sí hubo incumplimiento de acuerdos y convenios, pero fue por parte de SAT Aero al no poder garantizar la entrega de las aeronaves prometidas.
En el punto 11 de su escrito de demanda señalan que ellos sí han querido trabajar, pero que los malvados de la SEDENA -y aquí viene un dato muy revelador-: “en lugar de remediar estos diversos incumplimientos, Mexicana Airlines, de manera confusa, ha buscado imponer sanciones financieras a SAT y responsabilizarlo por la falta de entrega de cualquiera de las aeronaves identificadas en el Acuerdo ACMI” (ACMI, que en ingles significa Aeronaves, Tripulación, Mantenimiento y Seguro).
Tal y como lo leen, en efecto, la SEDENA ante el incumplimiento de SAT Aero lo que ha hecho es sancionarlo económicamente, por eso ahora se entiende perfectamente el porqué de esta demanda civil en los Estados Unidos.
Pero continúo, en el siguiente punto (el 12) una de las quejas que presentan en su introducción es que si bien es cierto no pudieron entregar la aeronave, esto fue porque Mexicana de Aviación no tenía el Certificado de Operador Aéreo (AOC).
Y aquí entramos a un verdadero galimatías: ¿qué fue primero, el huevo o la gallina?, porque SAT Aero miente de forma más que descarada. Para la obtención del AOC, se requería de la aeronave, sin ella no se puede obtener. Esa es la razón por la que la gente del Centro de Adiestramiento a Tripulaciones (CAT) fueron los que realizaron el AOC de la nueva Mexicana de Aviación con un avión que se tuvo que rentar de último minuto a la misma arrendadora que le renta equipos a Transportes Aéreos Regionales (TAR): un avión Embraer.
Yo misma subí el primer “sneack peek” (vistazo) de dicha aeronave, y hubo quien en redes sociales buscó la matricula del avión y de ahí se supo que el avión antes había sido utilizado por TAR. Este tema, en toda la demanda no aparece, en ningún momento señala que la nueva Mexicana de Aviación está operando con aviones de la fabricante Embraer.
La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) estuvo todo el tiempo trabajando de la mano con la gente del CAT para la obtención del AOC. Fueron mis compañeros de la antigua Mexicana de Aviación, que ahora prestan sus servicios como instructores, lo que dieron los adiestramientos.
Entonces ¿pretendes cobrar por un servicio que jamás proporcionaste? Porque además los de SAT Aero son muy enfáticos en decir que “SAT tampoco pudo entregar la aeronave porque Mexicana Airlines no había obtenido, como lo exige el Acuerdo ACMI, las licencias necesarias (los certificados de operación de aeronaves ”AOC”) requeridas para la importación de la aeronave a México.”
Qué forma de tan burda de tratar de culpar a otros de su propia ineptitud. Se supone que para el arrendamiento de dos aeronaves, SEDENA debió de pagar 5.5 millones de dólares. El problema -repito- es que no hay aviones en el mercado para rentar, me refiero a los equipos B737-800 que SAT Aero les prometieron conseguir a los de la SEDENA.
Un importante detalle, que omite señalar la demanda es que había un “deadline” para entregar los equipos, y ahora ponen de pretexto que si no se hizo fue porque Mexicana de Aviación no contaba con el AOC. Quien no sepa de estos procesos, podría sonarle lógico, pero eso es mentira.
Lo planteo de la siguiente forma: si fuera cierto el planteamiento que hace SAT Aero, ninguna aerolínea en el país podría existir. Me explico: para poder obtener el Certificado de Operador Aéreo se contemplan un sinfín de pasos; de hecho en este mismo espacio le dediqué toda una columna titulada “Andrés, no hay prisa para arrancar la nueva Mexicana” explicando de manera clara y concisa cómo se conseguía el AOC.
Un proceso de 5 fases, que podemos resumir: lo primero que se solicita es la aeronave dónde se realizará la certificación, y no lo digo yo, es requisito muy claro en “la NOM-008-SCT3-2002 numeral 6.7.6 inciso (f): son requeridas 100 horas de vuelo de demostración, sin embargo, el mismo numeral inciso (i) indica que la autoridad aeronáutica podrá autorizar variaciones o excepciones, a la cantidad de horas de tiempo total de vuelo, conforme a lo establecido en la Carta de Política CP AV-12/10 “Acreditación de vuelos de demostración”.
¿En qué avión se hicieron estas horas para conseguir el AOC? Ah sí, en un Embraer, porque SAT Aero jamás pudo traer un solo equipo. Pero voy un poco más allá, para poder obtener el AOC se deben cumplir con los requerimientos de la Circular Obligatoria CO AV-08.3/20: “Que establece las reglas técnicas para el arrendamiento de aeronaves” en su última revisión. Importante: para la evaluación de este requerimiento se debe realizar en conjunto con el IVA-A y llevar a cabo el procedimiento del Manual de Inspector de Operaciones MIO en su Capítulo 1.11.
Repito ¿dónde estaban las aeronaves que se supone iban a traer lo de SAT Aero? Ellos mismos se contradicen al decir que no podían hacerlo porque no se había conseguido el AOC por parte de la nueva Mexicana de Aviación.
Otro punto por demás interesante de esta demanda civil es que SAT Aero admite, en el punto 64 (cita textual):
“Con este fin, alrededor del 27 de noviembre de 2023, representantes de la Secretaría de la Defensa Nacional, que trabajan en nombre de Mexicana Airlines, coaccionaron al SAT para que celebrara una enmienda al Acuerdo AMCI.
Representantes del SAT fueron invitados a una reunión con un General de la Secretaría de la Defensa Nacional de México y fueron amenazados con que el SAT debía aceptar la sanción económica por la entrega tardía de la aeronave. El SAT firmó la enmienda en consecuencia, pero bajo coacción, de hecho, incluso bajo miedo. La modificación fue retroactiva a la fecha original del contrato, el 18 de agosto de 2023.”
SAT Aero Holdings
Perdón… Otra vez, por favor… ¿Qué general? Acaso será “Agallón Mafafas” (no, porque ese es comandante) ¿o quién? Porque en una demanda resulta muy extraño no mencionar a ese general de la SEDENA que los “coaccionó” a firmar en contra de su voluntad una sanción, por no haber entregado a tiempo una aeronave. ¿Y las circunstancias de tiempo, modo y lugar?
Pudieron plasmar miles de detalles, pero prefirieron no indicar en su demanda quién fue el maligno general del Ejército que les provocó un miedo tal que tuvieron que aceptar firmar una sanción económica por incumplimiento por parte de ellos, de SAT Aero, cuando en los hechos, todo se tuvo que modificar por su culpa. ¿A quién coaccionó? Tuvo que ser una persona física, o varias… Porque no veo a su empresa radicada en Texas “temblando” de miedo.
La SEDENA tenía una fecha establecida para el arranque de la nueva Mexicana y no podían salir con la batea de babas que el proveedor (SAT Aero), no había cumplido.
A mí me tocó de cerca ver todo el esfuerzo que mis compañeros del CAT hicieron para sacar adelante todas y cada una de las certificaciones. Gente de la antigua Compañía Mexicana de Aviación, grandes profesionales de la aviación. Ahora viene SAT Aero a decir que no le pagaron el adiestramiento, otra vez, ¿perdón?
SAT Aero no puede demostrar qué equipos son los que supuestamente ya había arrendado para la nueva Mexicana, porque eso nunca pasó, tal y como lo narra el punto 66 de la demanda. Ya que solamente menciona “como resultado de la intransigencia de Mexicana Airlines, y una de las potenciales empresas de arrendamiento ha comunicado -después de meses de negociación- que había encontrado un “cliente más fácil” para su aeronave”.
Otra vez SAT Aero ¿qué empresa? Porque está muy vaga su justificación, no pone el nombre de la arrendadora a la que pretendía rentarles un avión, solo uno, cuando el trato que se hizo desde el principio fue por 10 aeronaves.
Les mencionaré tan solo seis empresas que arrendan aviones B737-800, AviaAM Leasing, Air Lease Corporation (ALC), BBAM Limited Partnership, Air Charter Service, Windyjets y China Development Bank Financial Leasing, Ltd. (CDB Aviation).
Jamás menciona la empresa de arrendamiento. Queda claro que están enojados porque la SEDENA está en pláticas con la arrendadora que le renta aviones a TAR para traer más aviones Embraer y ellos quedarían con esto fuera de la jugada.
El teatro se les cae cuando mencionan el AOC; ahí es donde toda la credibilidad que pudiera dar a su demanda se va por el caño. Me alegra haber traducido la demanda, porque ahora sí, con los pelos de la burra en la mano les digo, esta demanda es solamente para golpeteo político. Esperaré ver la respuesta de la SEDENA en la conferencia “Mañanera”.