En abril de 2016, en Asunción, Paraguay, la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana “asumió como proyecto propio preparar un diccionario jurídico panhispánico”.

La primera versión del Diccionario panhispánico del español jurídico —impresa y provisional— se presentó en la Universidad de Salamanca el 15 de diciembre de 2017.

La versión digital de esa obra se publicó en julio de 2020. Actualmente puede consultarse una edición actualizada en 2022.

Entre las instituciones que han realizado el Diccionario panhispánico del español jurídico, destacan:

  • La Real Academia Española.
  • La Asociación de Academias de la Lengua Española.
  • La Cumbre Judicial Iberoamericana.
  • La Conferencia Permanente de Academias Jurídicas Iberoamericanas.
  • Algunas universidades.

El proyecto lo ha patrocinado el Banco Santander y en la obra referida hay presencia mexicana:

Las columnas más leídas de hoy
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • La Academia Mexicana de la Lengua.
  • La Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación.
  • La UNAM.
  • La Universidad Anáhuac.
  • La Universidad Autónoma de Tlaxcala.

Me pregunto por qué universidades tan petulantes como la Libre de Derecho, el Tec de Monterrey y la Ibero no están en el listado de quienes han hecho aportaciones para la realización del Diccionario panhispánico del español jurídico.

Consulté tal obra y la palabra indicio, tan usada en el derecho, tiene dos acepciones:

  • 1. “Circunstancia que apunta a la existencia de un hecho probablemente delictivo (‘indicios racionales de criminalidad’) y justifica la incoación de la investigación, su continuación o la exigencia de prestación de fianza para asegurar responsabilidades pecuniarias”.
  • 2. “Circunstancia que, en conjunción con otras, permite deducir razonadamente que se ha producido un determinado hecho e incluso tenerlo por probado”.

Me negaba a pensar que el accidente en el metro capitalino no fuera tal, sino sabotaje.

Hoy conocí un indicio que apunta hacia el sabotaje, delito este último que el Diccionario panhispánico del español jurídico define como el “daño o deterioro que se hace en instalaciones, productos, etc., como procedimiento de lucha contra organismos rectores, patronos, contra el Estado o contra las fuerzas de ocupación en conflictos sociales o políticos, o bien como método para beneficiar a una persona o grupo”.

El indicio que conocí a las seis de la mañana de este lunes 9 de enero de 2023 es un video que alguien me hizo llegar:

Después de la tragedia en el metro, ¿valía la pena tomarse la molestia de pintar en las paredes del sistema de transporte frases para acusar a Claudia Sheinbaum? Solo podía valer la pena para los fines de los autores intelectuales del sabotaje.

Supongo que la fiscalía de la Ciudad de México ya investiga a quienes hicieron las pintas —espero que haya cámaras en el metro— y seguramente los peritajes que se han hecho no han descartado ninguna posibilidad.

Entiendo que en nuestro país el sabotaje es un delito “contra la seguridad de la nación”. Al menos eso leí en una página de internet relacionada con el Código Penal Federal.

Si es verdad lo que he investigado —no soy experto, ni hablar— el artículo 140 del Código Penal Federal dice que “se impondrá pena de dos a veinte años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos, al que dañe, destruya, perjudique o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados…”.

Si fuera el caso, entonces la fiscalía capitalina tendría que llevar a la Fiscalía General de la República la denuncia por el probable sabotaje, lo que significaría que rápidamente, en algún momento, la justicia federal —esto es, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tan de moda hasta antes de que la tragedia en el metro le quitará reflectores — tendría que opinar sobre la gravedad de lo ocurrido y la magnitud del castigo a los responsables.

Menciono lo anterior porque no es raro, y sí muy triste, que en asuntos criminales complejos cuando llega el turno de los famosos amparos el poder judicial defienda decisiones que protegen a quienes han cometido delitos con el argumento, muy válido, de que la ley es la ley. Válido, si, pero...

El problema es que ocurre que el poder judicial, cuando hace lo correcto (la ley es la ley), con frecuencia olvidan que el sabotaje es el sabotaje (o el narco el narco... ya andan por ahí analistas, como uno de El Universal, Alejandro Hope, quien trabajó con Felipe Calderón, trabajando intensamente en la construcción de argumentos jurídicos, como la inexistencia de flagrancia, para que no se sostenga en los tribunales la acusación contra Ovidio El Ratón Guzmán, hijo de El Chapo).

Sí, la ley es la ley pero, por favor, ¡¡¡los malos son los malos!!! Y si la pureza de la ley no sirve para combatirlos, ¿entonces para qué carajos sirve? Con perdón a ministros y ministras, pero la lógica es la lógica y no hay ni puede haber ninguna constitucion o tratado internacional superior al razonamiento objetivo.