El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio entrada a dos impugnaciones promovidas por el gobernador mexiquense, Enrique Peña Nieto, una de ellas sobre la difusión de su V Informe de Gobierno en estados con comicios.

La otra impugnación el mandatario estatal corresponde a un spots, donde señala que se le denigra a él y al Partido Revolucionario Institucional (PRI).

La primera impugnación pretende echar atrás la resolución del 18 de enero dictada por Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), que determinó que el mandatario del estado de México violó la Constitución y el Código electoral.

En esa determinación se le acusa de difundir su V Informe de Gobierno por medio de spots a nivel nacional, excepto en el estado de Tlaxcala.

El Artículo 134 constitucional prohibe que funcionarios públicos difundan mensajes de sus obras de gobierno al utilizar recursos públicos, excepto durante sus informes de gobierno, y los limita a que éstos se difundan únicamente en la zona donde gobiernan.

El IFE, corroboró a través de las televisoras y radiodifusoras, que entre el 29 de agosto y el 10 de septiembre de 2010, los spots se transmitieron en todo el país.

En esas fechas, en los estados de Guerrero y Baja California Sur había precampañas para los comicios del 30 de enero y 6 de febrero, razón por la que Acción Nacional presentó una queja.

De tal suerte, el IFE ordenó dar vista al Órgano Superior de Fiscalización y a la Secretaría de Contraloria del estado de México para que, bajo sus atribuciones, "determine lo que ha derecho corresponda" y defina si amerita o no sanción el gobernador.

Como parte del desahogo del expediente, declaró infundada la queja del Partido Acción Nacional (PAN) contra varias concesionarias de televisión y radio, por la transmisión del spot y el PRI.

Peña Nieto se manifestó respetuoso de las definiciones que toman los órganos jurisdiccionales, sin embargo, señaló que el juicio emitido sobre este tema es contrario a la visión de la autoridad, pues ha ocurrido en prácticamente todas las campañas políticas que han realizado los demás gobernadores.

La impugnación del mandatario priista fue presentada en la Oficialía de Partes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y se turnó al magistrado José Alejandro Luna Ramos, presidente por Ministerio de Ley de este órgano.

El recurso fue interpuesto por Peña Nieto, "por su propio derecho y en su carácter de gobernador del estado de México", destacó el Tribunal en su página de internet.

Mientras que en el segundo caso, el mandatario priista impugnó también una decisión del Consejo General del IFE que, entre otras cuestiones, dejó sin efectos las medidas cautelares decretadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del referido instituto el 12 de enero.

En ellas, la Comisión solicitaba la suspensión inmediata en radio y televisión de un promocional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en el que presuntamente se denigraba y calumniaba a Peña Nieto y al Partido Revolucionario Institucional (PRI).

En el spot refería que el estado de México es primer lugar en robo de vehículos, que en los primeros tres meses estuvo en el primer lugar de desempleo; que hay siete millones de mexiquenses en pobreza patrimonial, en tanto que se ubica en la segunda posición en secuestro y extorsión en el país.

En el caso del spot promovido por el PRD que indicaba: "Enrique Peña Nieto tiene miedo a la unidad partidista...estamos hasta el copete", el IFE determinó que continuara, pero sin la frase "tiene miedo".

El recurso marcado con el número de expediente SUP-RAP-0031-2011, fue presentado en la Oficialía de Partes del Tribunal Electoral y turnado al magistrado Constancio Carrasco Daza.